Como una medida más de apoyo para las personas que se han visto afectadas por la emergencia sanitaria del COVID-19, el Servicio de Impuestos Internos (SII) podrá postergar de manera automática, las contribuciones de todo el año a personas que cumplan con ciertos requisitos.

El decreto faculta al SII a postergar el plazo para el pago de contribuciones de este año, que vencerán en abril, junio, septiembre y noviembre, hasta 2022, año en el que podrán pagarse en cuatro cuotas de igual valor, reajustadas solo de acuerdo al IPC (sin multas ni intereses). 

¿Quiénes podrán acceder?

A este beneficio podrán acogerse las personas que cuenten con bienes raíces con destino habitacional y cuyo avalúo fiscal sea de hasta 5 mil UF al 1 de enero de 2021, lo que equivale a $145.346.950. En caso de que una persona tenga más de una propiedad que cumpla con este requisito, el beneficio de la postergación de las contribuciones se aplicará a la propiedad de mayor avalúo fiscal.

El SII estima que 755.877 personas naturales podrían acceder a esta prórroga.

¿Y si no quiero hacer uso del beneficio?

El SII detalla que aquellos contribuyentes que decidan efectuar el pago con anticipación al nuevo vencimiento podrán hacerlo en el sitio web del SII en cualquier momento, ya que las cuotas se encontrarán disponibles solo con el reajuste del IPC correspondiente al momento del pago, sin intereses ni multas. 

Los beneficios para las Pymes

En el caso de las empresas, aquellas que cuenten con ventas que no excedan las 100.000 UF y que registren una disminución en las ventas de enero y febrero de 2021 de al menos un 30% respecto del mismo periodo de 2020, podrán acceder a la postergación de las cuotas de contribuciones correspondientes al primer semestre de este año (con vencimiento en abril y junio), las que podrán cancelar sin intereses ni multas, solo reajustadas de acuerdo al IPC, en los mismos plazos de 2022.

Se estima que 65.864 Pyme podrán postergar las contribuciones de sus propiedades.  

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