La Superintendencia de Pensiones, a través de un nuevo oficio, instruyó el procedimiento definitivo para que se lleve a cabo el retiro del 10% de los fondos previsionales.

De acuerdo con el documento, las AFP deberán permitir el inicio de este proceso a partir de las 9:00 horas de este jueves 30 de julio.

Mediante un formulario único dispuesto en los sitios web de las administradoras de fondos, los solicitantes deberán ingresar el número de cédula de identidad y su serie o número de documento, domicilio (opcional), teléfono y correo electrónico.

En este mismo formulario las personas tienen la posibilidad de solicitar el cobro de un porcentaje menor al 10% que permite la reforma constitucional (o menos del 100% autorizado en caso de que el total ahorrado sea inferior a las 35 UF), sin embargo, de ser así, no podrán retirar el dinero restante.

Es decir, solo se puede llevar a cabo una operación de retiro de estos fondos, lo cual debe ser alertado por las AFP antes de confirmar la solicitud en caso de que sea un porcentaje menor.

Asimismo, en este proceso se le deberá consultar al afiliado si posee una deuda por pensión alimenticia, dando la opción de responder "Sí" o "No". En caso de que la respuesta sea afirmativa, la AFP deberá retener el monto del retiro hasta que se aclare el monto adeudado.

Finalmente, la Superintendencia determinó que la entrega deldinero se deberá efectuar en los siguientes plazos: el 50% de lo solicitado en un máximo de 10 días hábiles desde la fecha de la presentación de la solicitud y el 50% restante en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro.

Cada pago tendrá un límite de 75 UF.

En todo caso, si el monto solicitado a retirar corresponde a 35 UF o menos, la entrega de fondos se efectuará en un único pago dentro de los 10 siguientes días hábiles de la fecha de solicitud del retiro.

Para revisar el documento completo emitido por la Superintendencia de Pensiones, haz click aquí.

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