En fallo dividido, la Segunda Sala de la Corte Suprema, condenó por primera vez a un civil por violaciones a los derechos humanos en 1973.

Se trata del dirigente de camioneros Francisco Luzoro Montenegro, quien fue condenado a 20 años de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de homicidio calificado de Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres; y del delito frustrado de homicidio calificado de Alejandro del Carmen Bustos González, hechos ocurridos el 18 de septiembre de 1973, en el sector de Colipeumo, de la comuna de Paine.

El máximo tribunal acreditó en su fallo la participación de Luzoro Montenegro en el fusilamiento de los fallecidos, quien "colaboró activamente con el transporte de personal y de detenidos".

En tanto, en el aspecto civil, la Corte Suprema condenó al Estado a pagar una indemnización total de $2.210.000 a los familiares de las víctimas, tras acoger el recurso de casación e incluir a nueve hermanos y a la conviviente de una de las víctimas.

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