La tarde de este jueves, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó la cancelación de inscripción de Factop Corredores de Bolsa de Productos S.A (Factop CBP S.A.) desde el Registro de Corredores de Bolsas de Productos.

Cabe recordar que esta corredora es controlada por el empresario Daniel Sauer, involucrado en la reciente filtración del audio del abogado Luis Hermosilla, en donde se escucha una conversación donde él y su ahora exrepresentado hacen alusión a pago de coimas a funcionarios del SII y la CMF.

La Comisión señala que, según la Resolución N° 8552, Factop CBP S.A. dejó de cumplir el requisito establecido en la letra e) del artículo 7 de la Ley N°19.220, que señala que los corredores deben acreditar ante la CMF el no haber sido sancionados con la expulsión de una bolsa de productos.

Factop no respondió a la CMF:

Asimismo, mediante Oficio Ordinario N°99.797 de 7 de noviembre de 2023, el organismo señala que presentó esta situación a la corredora y le confirió traslado al respecto, es decir, la posibilidad de expresar su posición, previo a la adopción por parte de la Comisión de alguna de las medidas de suspensión o cancelación de su inscripción, sin embargo, hasta la fecha, dicho oficio no ha sido respondido por la corredora.

En este contexto, el Consejo, considerando además que la corredora no remitió los estados financieros al 30 de septiembre de 2023, ni ha acreditado ante la CMF un patrimonio que le permita operar, manteniéndose la situación que motivó la suspensión decretada a través de Resolución Exenta N°5783 de 10 de agosto de 2023, resolvió en sesión ordinaria del día de hoy adoptar la medida de cancelación de la inscripción de Factop CBP S.A. en el Registro de Corredores de Bolsas de Productos.

En relación con STF Capital Corredores de Bolsa SpA, el Consejo de la CMF analizó que dicha entidad interpuso un reclamo de ilegalidad a la sanción de cancelación impuesta por la CMF mediante Resolución del 8 de agosto de este año. Ello en el contexto que el artículo 71 del Decreto Ley N°3.538 dispone la suspensión de los efectos de la sanción de cancelación hasta que el reclamo judicial sea definitivamente resuelto por los tribunales de justicia.

Atendido lo anterior, y considerando la gravedad de las infracciones sancionadas, las situaciones detectadas con motivo de la suspensión de STF Capital Corredores de Bolsa SpA y la importancia de resguardar el interés público y la debida protección de los inversionistas, el Consejo de la CMF decidió, mediante la Resolución N° 8551, suspender la totalidad de las actividades de dicha corredora de bolsa por el lapso en que continúe la tramitación del reclamo de ilegalidad antes mencionado.

Publicidad