La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados acaba de aprobar la indicación que establece el control preventivo de identidad, como parte de las medidas de la agenda corta antidelincuencia.

La votación fue unánime y se logró luego de un acuerdo entre el gobierno y los parlamentarios, que apunta a permitir controles en cualquier lugar -y no sólo en puntos de alta afluencia de público, acotar el proceso a un máximo de cuatro horas y a incorporar medidas que impidan una discriminación arbitraria, en concordancia con la Ley Zamudio.

Con todo, esta propuesta deberá ser visada por la Sala de la Cámara de Diputados y luego por el Senado para poder convertirse en ley. 

A la salida de la sesión, la ministra de Justicia, Javiera Blanco destacó que "hemos logrado la aprobación de una herramienta que hoy día le va a permitir a las policías la facultad de pedir la identificación de las personas en cualquier momento y en cualquier lugar".

Blanco remarcó que "esa facultad que es amplia, que es una facultad que nos va a permitir trabajar más fuertemente en el orden público y seguridad pública, va a tener un contrapeso, que es la publicidad que va a tener que hacerse en la página web, bimensualmente de la cantidad de reclamos que hay frente a un control, para lo cual van a haber formularios estandarizados en cada una de las unidades policiales". 

Por su parte, el diputado PPD Daniel Farcas sostuvo que "la bancada transversal por la seguridad ciudadana obtiene un triunfo sin precedentes al lograr la unanimidad más el apoyo del gobierno a un control de identidad preventivo sin restricciones, ni letra chica, sin publicidad engañosa".

Cinco claves para entender el Control Preventivo de Identidad

Los detalles de la propuesta aprobada hoy

La enmienda aprobada por los parlamentarios -y a la que accedió T13- señala que los funcionarios policiales, en el cumplimiento de las funciones de orden público y seguridad, "podrán controlar la identidad de cualquier persona en el lugar que se encontrare, por cualquier medio de identificación expedido por la autoridad pública, como la cédula de identidad, licencia de conducir y pasaporte". Se agrega que el funcionario deberá otorgar "facilidades" para que la persona pueda identificarse.

Esto marca un cambio respecto de la propuesta original del gobierno, que restringía el control a lugares de alta afluencia de público.

Si una persona se niega a acreditar su identidad o haciendo recibido las facilidades no fuere posible hacerlo, será trasladada a la unidad policial más cercana.

Se detalla que el proceso antes descrito no podrá extenderse por más de cuatro horas, tras lo cual la persona deberá ser liberada. En caso que el individuo tenga órdenes de detención pendientes la policía procederá a su detención.  

Junto con esto, se consagra que en el proceso "se deberá respetar la igualdad de trato y no discriminación arbitraria". 

En cuanto a los deberes de los funcionarios, estos deberán exhibir su placa e identificarse al momento de realizar el control, y las policías deberán elaborar un "procedimiento estandarizado de reclamo", que permita a aquellas personas que estimaran haber sido objeto de un control arbitrario puedan manifestar su disconformidad. Se deberá publicar mensualmente las estadísticas de reclamos, desagregadas por sexo, edad y nacionalidad.

Adicionalmente, las policías deberán realizar una cuenta al menos dos veces en el año ante el Ministerio de Interior sobre la frecuencia y lugares donde se concentra la mayor cantidad de controles preventivos de identidad por sexo, edad y nacionalidad. También deberán dar cuenta del número de detenciones por flagrancia que se dieran producto de este mismo control. 

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