El Tribunal Constitucional (TC) se pronunció este viernes respecto al control de constitucionalidad del proyecto de ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social y declaró contrarias a la Carta Magna tres grupos de normas.
Así lo estableció en su sentencia, en la que indica que "las siguientes disposiciones son contrarias a la Constitución Política de la República, por lo que deben eliminarse del texto del proyecto sometido a control preventivo de constitucionalidad".
Una de las disposiciones a las que hace mención es el artículo 12, que instituía un régimen especial para que "el titular de un proyecto cuya Resolución de Calificación Ambiental fuera anulada por sentencia judicial firme obtuviera del Fisco indemnización".
La segunda apunta a parte del artículo 32, que introduce modificaciones en el Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales. En este se establecían requisitos para que los municipios pudieran acceder a compensaciones por lo que no recibirán con la exención del pago de contribuciones para adultos mayores.
El tercero, en tanto, es el inciso sexto del artículo décimo séptimo transitorio, el cual permitía a las municipalidades retener ingresos sin aportarlos al Fondo Común Municipal.
Aquellas normas que fueron revisadas y el TC determinó que "son conformes con la Constitución Política de la República", son: el artículo 2 y parte de los artículos 15, 19 y 33.
Con esta resolución, el TC finaliza la revisión del proyecto que estuvo impedido de ser promulgado debido a los requerimientos ingresados por parlamentarios de oposición, quienes buscaban impugnar la megarreforma que, a su consideración, era inconstitucional, y a los vetos del Ejecutivo que apuntaban al fin del anatocismo, la eliminación del olvido financiero y al pago en 30 días.
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