A principio de este mes, la Sala de la Cámara aprobó un reajuste del sueldo mínimo o ingreso mínimo mensual (IMM), el cual fue fijado en $553.553, vigente desde mayo y con pago retroactivo. Este nuevo monto afecta también una serie de beneficios que entrega el Estado, como la Asignación Familiar. 

Se trata de un aporte estatal que se entrega a las familias por cada carga reconocida. 

A raíz de esta nueva situación, desde la plataforma de ChileAtiende ya cuentan con los nuevos montos del beneficio, los cuales comenzarán a regir con este cambio. 

Los nuevos montos de la Asignación Familiar 

El monto que se entrega con el beneficio variará según el ingreso mensual que reciba cada persona. 

Así, se desglosa de la siguiente manera: 

  • Hasta $649.039: $22.601.
  • Entre $649.039 y $947.990: $13.870.
  • Desde $947.990 hasta $1.478.539: $4.382.
  • En caso de que sea superior a $1.478.539: no tendrás derecho al subsidio, pero sí a otras prestaciones y beneficios. 

Es importante destacar que en caso de que una persona reciba la Asignación Familiar por invalidez, te corresponderá el doble del monto. 

¿A quiénes les corresponde la Asignación Familiar? 

El beneficio se entrega por cada carga familiar reconocida que tengan las personas. 

Según detallan en el sitio, les corresponde a los trabajadores que cumplan con alguna de los siguientes requisitos: 

  • Dependiente del sector público y privado. 
  • Independiente afiliado a un régimen previsional a partir del 1 de enero de 1974. 
  • Independiente que cotiza en el sistema de AFP y tiene una o más cargas acreditadas ante el Instituto de Previsión Social (IPS). 
  • Con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que, al momento de quedar cesante, recibe Asignación Familiar. 

A ellos se suman los pensionados que cumplan con los siguientes requisitos: 

  • De cualquier régimen (AFP, IPS, Capredena, Dipreca, entre otros). 
  • De viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado. 
  • Beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), en cuyo caso solo se puede ser beneficiario respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan con los requisitos para ser causantes del sistema; y siempre considerando el tramo de ingresos del beneficiario, para acceder al monto de la asignación. 

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