La Dirección del Trabajo (DT) detalló cómo funcionará el comercio en Chile durante la víspera del Año Nuevo, en el marco del feriado obligatorio e irrenunciable que rige para el 1 de enero y que impacta directamente en las jornadas laborales de trabajadores del sector comercio.
Así funcionará el comercio este 31 de diciembre:
De acuerdo con la ley 19.973, vigente para los dependientes del comercio, este feriado obliga al cierre de locales y a que los trabajadores se retiren de sus lugares de trabajo a más tardar a las 20:00 horas del 31 de diciembre.
La normativa establece además que este descanso se extiende hasta las 06:00 horas del 2 de enero de 2026, período durante el cual no pueden prestarse servicios habituales en la mayoría de los establecimientos comerciales.
La DT ha llamado tanto a empleadores como a trabajadores a tomar en consideración esta regulación con anticipación, planificando los turnos para evitar infracciones y sanciones que, según el organismo, pueden alcanzar multas significativas por trabajador afectado si no se respeta la normativa.
¿Qué negocios son las excepciones?
Si bien la mayoría de los establecimientos debe respetar este cierre anticipado, existen excepciones contempladas en la legislación laboral.
Podrán continuar operando restaurantes, clubes, establecimientos de entretención como cines y espectáculos en vivo.
Todo lo anterior, así como locales comerciales en aeropuertos, casinos de juego, expendios de combustibles, farmacias de urgencia y tiendas de conveniencia asociadas a estaciones de servicio, entre otros servicios autorizados por la ley.
Además, los comercios atendidos directa y personalmente por sus propios dueños podrán decidir su apertura, ya que no están sujetos al descanso obligatorio en estas fechas.
La DT reforzará fiscalizaciones durante estas jornadas para verificar el cumplimiento del feriado irrenunciable y atender eventuales denuncias, recordando que los trabajadores tienen derecho a su descanso conforme a la legislación vigente.