Muchas veces, el amor llega de forma inesperada. Podemos encontrarlo en desde en una fiesta, hasta en aplicaciones de citas, pasando por citas a ciegas y, también, conexiones en el trabajo. 

En el caso específico del ambiente laboral, surgen preguntas sobre la viabilidad y regulación de las relaciones entre colegas. ¿Son permitidas estas relaciones en el entorno laboral? ¿Puede una empresa prohibirlas entre sus empleados? ¿Cuál es el límite de intervención de los empleadores en este aspecto?

Estas cuestiones emergen ante la posibilidad de encontrar el amor en el lugar de trabajo y generan debate sobre las políticas y regulaciones relacionadas con este tema. ¿Qué dicen los expertos al respecto?

“Actualmente los empleadores no cuentan con la facultad para impedir que sus trabajadores tengan una relación amorosa en el entorno laboral. Esto gracias a lo dictaminado por la Dirección del Trabajo en 2018, ya que vulnera el derecho fundamental del trabajador a su intimidad, así como también la libertad de trabajo”, explica Miguel Capurro, Director de Capital Humano en Uruguay, Chile y Argentina de la empresa de recursos humanos Randstad

Amor en el lugar de trabajo

Sin embargo, las empresas sí pueden establecer políticas con respecto a las relaciones de carácter amoroso en el lugar de trabajo, algo que se hace necesario ya que de esta forma se pueden evitar futuros problemas entre colaboradores. Dichas políticas se deben abordar con sensibilidad, teniendo en cuenta el bienestar tanto de los trabajadores involucrados, sus compañeros y el impacto que pueda tener en el ambiente laboral una relación amorosa.

"Esta normativa se puede encontrar en los reglamentos internos de cada organización, y tiene la facultad de establecer límites en ciertas conductas dentro de la empresa. Si bien la legislación actual no prohíbe las relaciones amorosas, el empleador sí puede crear una guía que establezca procedimientos y reglas en el caso de existir dicha situación", agrega el experto.

Otra de las interrogantes que surgen entre los trabajadores al momento de tomar la decisión de hacer pública su relación amorosa en el trabajo, es si esta puede ser una causal de despido, y la respuesta es que no, puesto que las causales de despido se limitan al Código del Trabajo en los artículos 159, 160 y 161, y ninguno de ellos hace alusión a las relaciones amorosas.

"Hoy en día este tipo de situaciones son cada vez más comunes en las organizaciones, y si bien estas son abordadas desde el respeto y el cuidado a la privacidad de cada una de las partes involucradas, no debería tener un impacto negativo en las empresas", explica Capurro.

Pero sí hay que hacer un hincapié en las relaciones amorosas cuando se dan entre personas con distinto rango jerárquico en la organización.

"Se debe prestar mayor atención cuando existen diferencias entre los roles jerárquicos de la pareja. Esto se debe a que pueden surgir diferencias significativas entre la relación que han cultivado en el ámbito privado. Por lo tanto, se debe entender que, si bien no existe un limitante para que las relaciones amorosas florezcan en el lugar de trabajo, estas se deben generar en un marco de respeto y cuidado del ambiente laboral", puntualiza Miguel Capurro.

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