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Administradores de edificios deberán registrarse por Ley de Copropiedad: Así puedes hacerlo

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Los administradores de edificios tienen 18 meses para inscribirse obligatoriamente.

La Ley de Copropiedad Inmobiliaria regula la normativa para quienes administran los bienes comunes en algunos de los más de 32 mil condominios existentes en Chile, ayudando a los habitantes de los edificios en nuestro país. 

Los administradores de edificios tienen 18 meses para inscribirse obligatoriamente en el Registro Nacional de Administradores de Condominios. 

El beneficio apunta a los copropietarios, en caso de no estar satisfechos con el administrador. 

"Ya me quiero ir. No tengo ganas de seguir en el edificio y es por él (el administrador). No es ni siquiera por el edificio en sí porque no hay problemas dentro del edificio, sino que es él el que tiene el problema", comentó José en conversación con T13, asegurando estar cansado con el administrador. 

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¿Cómo inscribirse como administradores de edificios? 

Para realizarlo, simplemente hay que ingresar a www.condominios.minvu.cl, donde se exige tanto los que trabajan como voluntarios y quienes reciben remuneración. 

Para inscribirse a título oneroso (remunerado), se necesita cumplir con los siguientes requisitos: 

  • Ser mayor de edad
  • Ser chileno o tener residencia vigente
  • No tener condenas de delitos contra la propiedad y las personas
  • Haber aprobado la educación media
  • Curso de capacitación o Certificación de competencias

"(La idea es que) Ellos tengan curso de formación, tengan experiencia. Se le puedan denunciar cuando hacen cosas que no corresponde, a través de un procedimiento, y que eso quede en su currículum", explicó el ministro de Vivienda, Carlos Montes

T13 - Administradores de edificios deberán registrarse por Ley de Copropiedad
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