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Casa 212: Suprema aumentó indemnización a familiares de víctimas de accidente en Juan Fernández

Casa 212: Suprema aumentó indemnización a familiares de víctimas de accidente en Juan Fernández
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El accidente aéreo ocurrió en el archipiélago Juan Fernández el viernes 2 de septiembre de 2011. Allí fallecieron 21 personas, entre ellas el animador Felipe Camiroaga.

La Corte Suprema acogió los recursos interpuestos por familiares de víctimas del accidente aéreo registrado en el archipiélago Juan Fernández y condenó al fisco a pagar una indemnización total de $2.330.223.076 por concepto de daño moral y lucro cesante.

Esta es la segunda condena en esta causa, ya que la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió, en el fallo que se recurre, parte de las demandas presentadas.

En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció falta de fundamentación en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó las demandas de los recurrentes.

La Corte, en su fallo, reiteró que en la caída del Casa 212, junto a la responsabilidad del personal a cargo del vuelo, se configura la del mando institucional. 

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"Que, en concepto de esta Corte, es posible concluir que tanto los hechos imputables a la Fuerza Aérea de Chile, como también la maniobra de los pilotos consistente en volar a baja altura, que propició la pérdida del control y la imposibilidad de retomarlo, tuvieron la misma incidencia en la producción del resultado dañoso, resultando de la misma intensidad y relevancia", afirma el fallo.

Sentencia de reemplazo

Por tanto, se resuelve en la sentencia de reemplazo que: se revoca la sentencia apelada de 16 de noviembre de 2018, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Valparaíso.

De esta forma, se acoge la demanda deducida por Luis Felipe Slier Muñoz, Claudia Gatica Aburto, Jorge Camiroaga Fernández, Soledad Camiroaga Fernández, Jorge de Amesti Cabezón, Félix de Amesti Cabezón, Jaime Cabezón de Amesti, Eugenio Correa Murillo, María Soledad Correa Murillo, María Consuelo Correa Murillo, Felipe Vela Montero, Luz María Vela Montero, María José Vela Montero, Diego Vela Grau, Carlos Irarrázabal Faggiani, David Estrada Muñoz, Carolina Estrada Muñoz, Alexis Estrada Cofré, Gustavo Núñez Rebolledo y Vanessa Pérez Pino, hermanos de las víctimas y, en consecuencia, se condena al fisco al pago de 50 millones de pesos para cada uno de ellos, a título de indemnización por concepto de daño moral.

También se acoge la demanda deducida por Ana Luisa Vera, abuela de Flavio Oliva Pino y, en consecuencia, se condena al Fisco de Chile al pago de la cantidad de 75 millones de pesos por concepto de daño moral.  

Se acoge la demanda deducida por Laura Correa Vela, Sebastián Correa Vela y L.C.V, hijos de Sebastián Correa Murillo y Catalina Vela Montero y, en consecuencia, se condenó al Fisco de Chile al pago de las siguientes cantidades:

  • $355.223.076 como cifra total, por concepto de lucro cesante.
  • $300.000.000 a cada uno de ellos, a título de daño moral.

Las cantidades deberán pagarse reajustadas de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor desde la fecha de esta sentencia y hasta la del pago efectivo, más el interés corriente para operaciones reajustables que devenguen las sumas de dinero desde que el deudor incurra en mora hasta su pago efectivo. 

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