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Contraloría declara ilegal un segundo contrato entre el gobierno y Espacio Riesco

Contraloría declara ilegal un segundo contrato entre el gobierno y Espacio Riesco
T13
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Objeción al documento suscrito por el Servicio de Salud Metropolitano Norte y el centro de eventos apunta a que la prestación de servicios del recinto duplicaba pagos para la habilitación y mantención de infraestructura básica del centro hospitalario que se adaptó en el recinto producto de la pandemia del coronavirus.

Por Alfonso Concha

Mediante una resolución fechada este jueves 9 de julio, la Contraloría General de la República declaró ilegal un segundo contrato suscrito entre el Servicio de Salud Metropolitano Norte y Espacio Riesco, tras identificar que el documento que establecía la prestación de servicios duplicaba pagos para la habilitación y mantención de infraestructura básica del centro hospitalario que se adaptó en el recinto producto de la pandemia del coronavirus, tales como redes de electricidad y aire acondicionado, entre otras.

El dictamen -al que tuvo acceso T13.CL- plantea que la habilitación y mantención de la infraestructura básica del recinto ya estaba contenida en el primer contrato de arrendamiento suscrito entre la Subsecretaría de Redes Asistenciales y Espacio Riesco. En dicho documento, la parte arrendadora “se obliga a mantener la infraestructura del inmueble arrendado, en un estado de funcionamiento tal, que permita su uso conforme al destino que se pretende, esto es, Recinto de Emergencia para la entrega de prestaciones de salud”.

Los montos involucrados en el segundo contrato entre abril y julio de 2020 podrían llegar hasta los $1.600 millones, según establece el documento emitido por la Contraloria Regional Metropolitana.

La entidad fiscalizadora también detectó que algunas de las prestaciones contenidas en la infraestructura del recinto, podrían tener valores superiores al precio de mercado. En ese sentido, destaca que el Servicio de Salud Metropolitano Norte no adjuntó antecedentes para justificar la valorización de las prestaciones observadas. Sin perjuicio de lo anterior, plantea que dichas observaciones pueden ser subsanadas con el envío de los antecedentes al organismo de control.

 

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