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Convención constituyente o asamblea: ¿Cuáles son los mecanismos para una nueva Constitución?

Convención constituyente o asamblea: ¿Cuáles son los mecanismos para una nueva Constitución?
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Esta semana, los parlamentarios y parlamentarias han discutido el método que generará la nueva Carta Magna.

Una de las principales demandas de la ciudadanía chilena en medio del estallido social -que comenzó el pasado 18 de octubre- es la creación de una nueva Constitución Política de la República. Actualmente, el texto que rige las normas y derechos al interior del Estado de Chile fue creado en 1980, bajo la dictadura liderada por Augusto Pinochet.

Esta semana, la discusión en el Congreso Nacional se ha centrado en la creación de una nueva Carta Magna y en cuál será el mecanismo que la generará. 

La propuesta inicial del Gobierno del Presidente Sebastián Piñera fue que el nuevo texto constitucional sea creado mediante un congreso constituyente, mientras que de la oposición plantean una asamblea constituyente.

Sin embargo, una nueva idea surgió desde el oficialismo, específicamente, desde Renovación Nacional (RN): Crear una Constitución a través de una Convención Constituyente.  

¿Qué mecanismos existen para cambiar una Constitución?

Según detalla el texto “Mecanismos de cambio constitucional en el mundo” del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), existen múltiples métodos para efectuar una nueva Constitución.

El escrito internacional señala que todo proceso constituyente se debe a movimientos políticos y sociales que reclamen e impulsen la necesidad de cambio, ya sea “el derrocamiento de un régimen dictatorial, el surgimiento de un movimiento de independencia nacional, o una crisis económica, entre otras”, lo que es denominado por los expertos como el "momento constitucional”.

En este contexto, los métodos para generar una nueva Constitución, de acuerdo a la experiencia internacional, son los siguientes:

-Congreso Constituyente: Los encargados de realizar los cambios constitucionales son los diputados y senadores. Por lo general, se escoge un grupo de parlamentarios para elaborar una nueva Constitución.

-Convención Constituyente: En esta instancia, los encargados de realizar una nueva Carta Magna son tanto los parlamentarios como personas escogidas democráticamente sólo para este fin.

-Asamblea nacional constituyente: Según define el PNUD, este método corresponde a “un órgano colegiado conformado por un grupo de ciudadanos y ciudadanas electos por sufragio popular para discutir y diseñar exclusivamente un nuevo texto y orden constitucional”.

Primer paso: Modificaciones al Capítulo XV de la Constitución

En 2015, la en ese entonces Presidenta Michelle Bachelet inició un camino para generar una nueva Constitución. En aquella instancia explicó que el actual texto que rige al Estado de Chile no contempla un mecanismo para reemplazar totalmente la Carta Magna.

Ante esto, Bachelet planteó la necesidad de modificar el Capítulo XV de la Constitución para convocar un plebiscito ciudadano y así realizar una reforma parcial o total a la Carta Magna actual. En términos generales, el capítulo XV establece los quórums para cambiar los contenidos de la Constitución. En el caso de querer generar reformas de la Carta Magna se requiere de la aprobación de dos tercios de los parlamentarios.

“El proyecto de reforma necesitará para ser aprobado en cada Cámara el voto conforme de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio. Si la reforma recayere sobre los capítulos I, III, VIII, XI, XII o XV, necesitará, en cada Cámara, la aprobación de las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio”, detalla el texto constitucional.

Actualmente, Chile se encuentra generando acuerdos para generar una nueva Carta Magna. La actual Constitución Política en Chile fue elaborada y promulgada en 1980, bajo la dictadura liderada por Augusto Pinochet.

A lo largo de los años, la Carta Magna chilena ha tenido múltiples modificaciones. Una de las reformas más importantes se realizó mediante un decreto supremo firmado en 2005 por el ex mandatario Ricardo Lagos, donde se redujo el mandato presidencial de 6 a 4 años y se estableció la facultad del Presidente de remover a los Comandantes en jefe, entre otros puntos.

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