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Detectan sobresueldos por hasta $24 millones en asesores a honorarios de Pucón

ATON - Detectan sobresueldos por hasta $24 millones en asesores a honorarios de Pucón
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Uno de los casos más notorios corresponde a un asesor que, entre diciembre de 2024 y septiembre de 2025, recibió un total de $53.170.813.
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La Contraloría Regional de La Araucanía reveló que la Municipalidad de Pucón pagó sobresueldos a tres colaboradores contratados bajo la modalidad de honorarios, cuyos ingresos superaron las remuneraciones correspondientes al grado más alto de la planta municipal, incluso respecto de funcionarios que desempeñan funciones similares.

Uno de los casos más notorios corresponde a un asesor que, entre diciembre de 2024 y septiembre de 2025, recibió un total de $53.170.813, mientras que un funcionario grado 8° del estamento profesional habría percibido en el mismo período $28.730.925, generándose así una diferencia superior a $24 millones.

El informe N°731 de 2025 también detectó que el municipio pagó honorarios improcedentes a dos asesores luego de aprobar incrementos excepcionales en marzo y mayo de 2025, sin contar con antecedentes que justificaran dichos aumentos ni con la autorización formal que los respaldara.

Por esta razón, Contraloría instruyó a la Municipalidad de Pucón acreditar documentalmente los ingresos derivados de las devoluciones que deben efectuar los prestadores que recibieron incrementos irregulares, dentro de un plazo de 60 días hábiles.

Pucón  - Detectan sobresueldos por hasta $24 millones en asesores a honorarios de Pucón
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Además, se ordenó incorporar estos hallazgos al sumario iniciado en 2025 y reportar los avances en un plazo de 15 días hábiles.

Otro punto observado en la auditoría apunta a que, entre noviembre de 2024 y el primer semestre de 2025, el municipio contrató a 104 personas bajo el Código del Trabajo. De ellos, en 16 casos, la vigencia de los contratos se extendió más allá de marzo de 2025 sin fundamentos que justificaran dichas prórrogas. En tanto, en 26 casos, las contrataciones correspondieron a funciones propias y permanentes del municipio, lo que resulta improcedente para ese régimen contractual.

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