Locatarios afectados por incendios en Meiggs interponen recurso de protección contra alcalde Desbordes
Aton - Alcalde de Santiago, Mario Desbordes
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Varios locatarios del Barrio Meiggs víctimas del incendio originado tras un robo a un cajero automático ocurrido en septiembre de 2024, ingresaron un recurso de protección contra la Municipalidad de Santiago, representada legalmente por el alcalde Mario Desbordes, esto luego que sus locales hubiesen sido declarados inhabitables y se les diera orden de demolición.
La acción judicial argumenta que la municipalidad actuó de manera arbitraria e ilegal, sin un debido proceso ni pruebas estructurales adecuadas.
"Con fecha 8 de octubre de forma arbitraria e ilegal, sin hacerse estudio alguno estructural de la propiedad, ni informe alguno como lo dispone el artículo 150 de la ley general de urbanismo y construcciones y la DDU N° 231 circular ord. N° 0178 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (en adelante, MINVU), referidos a la facultad de demolición de las municipalidades, se dispone mediante el decreto alcaldicio n° 9660/2024 [...] la demolición junto con limpieza total del inmueble.", señala el recurso.
"En los decretos se puede apreciar en el timbre de la dirección de obras, que este fue estampado el día 01/10/2024 al igual que la fecha de creación del expediente como se demuestra con el informe de seguimiento documental, pasando a la dirección jurídica el día 02/10/2024, por lo cual la pregunta que nos hacemos es ¿Cómo la dirección de obras municipales pudo hacer un informe estructural de la propiedad si el incendio fue el día 29/09/2024 es decir en dos días antes, siendo que bomberos no dio autorización de ingreso hasta el día 05/10/2024?", señala.

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"Es tanta la desprolijidad de estos departamentos (municipales) que ni siquiera se dieron cuenta que las leyes que se mencionaban por la dirección de obras no correspondían en la emanación de un decreto de demolición, ya que las normas que se utilizaron fueron, en el considerando cuarto del decreto el numeral 1 del artículo 148 y en el decreto mismo, por infringir los artículos 116 y 145 todos de la ley general de Urbanismo y Construcciones.", afirman.
El documento señala además que se rechazaron múltiples solicitudes de audiencia con la municipalidad para discutir el caso. La última audiencia solicitada ocurrió el 3 de enero de 2025, la cual si bien fue concedida, no contó con la presencia del alcalde Desbordes, sino que por el director jurídico de la municipalidad, Jorge Ignacio Pinochet y Miguel Saavedra Saenz, director de Obras Municipales.
Asimismo, cuestionan la validez de los informes municipales usados para justificar la demolición e inhabitabilidad de locales comerciales. Incluso, acusan que hubo negativa por parte del municipio de recibir informes externos.
"Al tratar de entregarlo, el director de obras se negó a recibirlo dándome la siguiente respuesta: 'nosotros no recibimos informes de empresas exteriores ya que tenemos nuestros propios arquitectos que los desarrollan', señalan.
"En esta reunión (3 de enero) solo se me informó de los números de los decretos alcaldicios ya mencionados (9660/2024 y 9661-2024), negándoseme por parte del director de obras municipales, todo tipo de petición y presentación de pruebas que demostraban el error en la dictación de los decretos, acusan.

