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Sernac denunciará a Lider y Abcdin por condicionar créditos a consumidores

Sernac denunciará a Lider y Abcdin por condicionar créditos a consumidores
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Las entidades financieras estarían negando la entrega de créditos a ciertos clientes, según lo informado por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) denunciará a la justicia a las empresas Servicios y Administración de Créditos Comerciales Lider S.A., actual administradora de la tarjeta de crédito Lider; y Créditos Organización y Finanzas S.A. (Cofisa), actual administradora de la tarjeta de crédito Abcdin.

Según explicó el Sernac este martes, las entidades financieras estarían negando la entrega de créditos a aquellas personas que se hubieran sometido a alguno de los procedimientos establecidos en la Ley N° 20.720 sobre Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas.

En mayo pasado, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIR) entregó al Sernac antecedentes que daban cuenta de la ocurrencia de este tipo de situaciones, lo que constituye una infracción a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidor (LPC), al negarse injustificadamente el acceso a un producto o servicio crediticio.

Hay que recordar que tras recibir esta información de parte de la SIR, el Sernac decidió oficiar a diversas empresas que ofrecen tarjetas de retail, tanto para para recabar mayores antecedentes como para conocer si era práctica común de la industria, encontrando este incumplimiento en tarjetas Lider y Abcdin.

Empresas arriesgan multas de hasta las 750 UTM

A partir de los antecedentes recopilados, se concluyó que las emisoras de las tarjetas de Lider y Abcdin estaban incurriendo en prácticas contrarias a la normativa sobre protección de los consumidores, por lo que serán denunciadas ante la justicia. Ambas empresas se arriesgan a multas que alcanzan hasta las 750 UTM de conformidad a lo dispuesto en el artículo 17 K de la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC).

Asimismo, el Sernac también ofició a la banca, con el objeto de determinar si en dicho mercado se está incurriendo en este tipo de conductas, información que está en análisis actualmente. De detectar que alguna entidad declarara condicionar sus productos financieros a esta situación, el servicio recurrirá ante la justicia.

Walmart se defiende

Sobre esta denuncia del Sernac, Walmart, empresa dedicada a la venta minorista mediante los supermercados Lider, dio a conocer su postura. 

Desde la compañía señalaron que "al parecer, hacemos una interpretación de la normativa distinta a la que tiene la autoridad. Estamos disponibles a conversar sobre su visión, de manera de rectificar si corresponde. Es preciso destacar que a la fecha, a ninguna persona le hemos negado el crédito por la simple causa de haberse sometido a un procedimiento de insolvencia".

Por su aprte, el director nacional del Sernac, Ernesto Muñoz, explicó que los condicionamientos aplicados por las tarjetas de Líder y Abcdin configuran una infracción a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), pues se trata de una discriminación arbitraria que no resulta aceptable según la normativa, enfatizó.

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El denominado “Procedimiento Concursal de Renegociación de la persona deudora” establecido en la Ley N° 20.720 sobre Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas, les permite a las personas deudoras, ya sean trabajadores dependientes u otras sujetas a crédito que no sean empresas, tales como dueñas de casa, estudiantes, jubilados, entre otros, renegociar sus obligaciones o realizar la ejecución de sus bienes para el pago de sus obligaciones vigentes, proceso que es facilitado por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.

Cabe señalar que una vez finalizado el procedimiento concursal de ejecución y de renegociación, los saldos insolutos se entienden extinguidos, en el caso del primero, y la persona del deudor rehabilitada, en el caso del segundo, por lo que no se justifica que se niegue la entrega de nuevos créditos a las personas que se hayan sometido a procedimientos de renegociación concursal y hayan sido rehabilitados.

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