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Convención Constitucional

Plebiscito obligatorio de septiembre: Quiénes pueden excusarse de votar y cómo es el trámite

Plebiscito obligatorio de septiembre: Quiénes pueden excusarse de votar y cómo es el trámite
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Desde el Servel recalcaron que la participación en este proceso eleccionario es mandatoria y que hay multas, pero también formas de excusarse.
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Este 4 de septiembre se realizará el plebiscito constitucional, en el que los votantes podrán decidir si aprueban o rechazan la propuesta de nueva Constitución redactada por la Convención Constitucional.

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Dicha votación será de carácter obligatorio y acarreará sanciones para quienes no se presenten en su local de votación durante la jornada.

¿Dónde se podrán presentar las excusas para quienes no puedan asistir a votar? El presidente del consejo directivo del Servel, Andrés Tagle, aseguró que "las excusas de las personas tienen que presentarlas cuando sean citados por los juzgados de policía local, cosa que va a suceder en los meses siguientes a la elección y después que nosotros hagamos la denuncia".

"La obligación del Servel es denunciarlos a todos. Las excusas son todas ante el Juzgado de Policía Local. Los motivos es estar en el extranjero, motivos que tengan que ver con enfermedad o impedimento para concurrir a votar y el tercero es estar a 200 kilómetros de distancia de su local de votación", sentenció.

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