Política

Cámara aprueba paridad de género, cupos para independientes e indígenas en proceso constituyente

Cámara aprueba paridad de género, cupos para independientes e indígenas en proceso constituyente
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El proyecto ahora será despachado al Senado.

La tarde de este jueves, la Cámara de Diputados aprobó en general y en particular los proyectos de reforma constitucional que establece la paridad de género, la participación de independientes y los escaños reservados para pueblos originarios en el proceso constituyente, revirtiéndose el rechazo que ocurrió en sala el miércoles a las indicaciones del proyecto de nueva Constitución.

Con 144 votos a favor y uno en contra, se aprobó tanto en general como en particular la garantización de candidatos independientes.

La paridad de género, en tanto se aprobó en general con 98 votos a favor, 30 en contra y 17 abstenciones.

Respecto de esta última, que incorpora paridad de género establece que las listas conformadas por un solo partido, independientes y pactos electorales “deberán estar encabezadas por una candidata mujer y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres” y fija un mecanismo de corrección posterior a la elección. 

Una de las indicaciones que se aprobó en la última fue la inclusión de personas en situación de discapacidad, debe ser un 10% de las listas.

Para ser aprobado el proyecto de paridad de género, se necesitaban los votos de 4/7 de los diputados, es decir, 89 votos. Mientras que las inciativas de pueblos originarios e independientes necesitan de un quórum de 3/5, equivalente a 93 votos.

Además, se aprobó en general con 141 votos a favor y uno en contra el proyecto de reforma constitucional que establece escaños para pueblos indígenas. Se rechazó la proporción de escaños en el caso de la Convencion Constitucional y de la Convención Mixta. 

El proyecto ahora será despachado al Senado para continuar la discusión.

Sin embargo, el diputado UDI Javier Macaya anunció reserva de inconstitucionalidad, por lo que podría recurrir al Tribunal Constitucional por una inconstitucionalidad de forma por el quorum de aprobación. 

[LEE TAMBIÉN]: QUÉ SE APROBÓ Y QUÉ SE RECHAZÓ EN LA VOTACIÓN DE LA CÁMARA SOBRE CONSTITUCIÓN Y PARIDAD

 

Pese a que inicialmente se había contemplado la posibilidad de que esas normas se ingresaran como reformas de Ley Orgánica Constitucional, tanto la de paridad de género, como las que aseguran participación de pueblos originarios e independientes, terminaron siendo aprobadas por la Comisión de Constitución de esa corporación como reformas constitucionales a los artículos transitorios de la actual Carta Fundamental. Esto, permite que de ser aprobadas no deban pasar por el control preventivo del Tribunal Constitucional.

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