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Contraloría declara ilegal instructivo sobre plan de retorno al trabajo para funcionarios públicos

Contraloría declara ilegal instructivo sobre plan de retorno al trabajo para funcionarios públicos
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Desde el ente fiscalizador dijeron que el instructivo impartido por el Servicio Civil para el retorno a sus funciones de forma presencial de los trabajadores “no se ajusta a derecho”.

La Contraloría General de la República declaró ilegal este miércoles el instructivo elaborado por la Dirección Nacional del Servicio Civil que obligó a los trabajadores públicos volver a sus funciones de manera presencial el pasado lunes 20 de abril, cuando recién comenzada la crisis sanitaria en nuestro país producto de la pandemia del coronavirus.

Desde el organismo fiscalizador, a través de un dictamen que emanaron luego de las denuncias hechas al ente, aseguró que el servicio dependiente del Ministerio de Hacienda “carece de atribuciones” para emitir el oficio que ordenó el regreso de la Administración Pública a sus puestos de trabajo.

El dictamen emitido por la Contraloría, dice que la ley establece que las competencias del Servicio Civil “se relacionan con la implementación de políticas de gestión y desarrollo de personas y, altos directivos”, y no con la materia del instructivo, “el cual básicamente se refiere a un plan de retorno gradual de los funcionarios públicos”.

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La determinación de la Contraloría sobre este hecho, que fue cuestionado por distintas autoridades principalmente parlamentarias y defendido por el gobierno, hace alusión solo al instructivo que fue emanado por la institución y no a la decisión de que los trabajadores del sector público volvieran a sus funciones.

La ministra del Trabajo María José Saldívar en esa oportunidad dijo que la medida era necesaria y que había que buscar la forma de volver al trabajo.

“La idea es que paulatinamente nosotros vayamos volviendo a trabajar en las distintas reparticiones de manera presencial y de esta manera poder garantizarle a todos los chilenos y todas las personas que viven en nuestro país, que la función pública se cumpla como corresponda", dijo la secretaria de Estado.

El documento aclara que la jurisprudencia para este tipo de comunicaciones le corresponde al jefe superior de los respectivos servicios, pues es él quien “posee las facultades de dirección, administración y organización” de los servicios.

“Corresponde a esa superioridad, en la actual situación de emergencia, adoptar, mantener, graduar o cesar las medidas extraordinarias de gestión de personal necesarias, considerando la obligación de proteger la salud de sus funcionarios y la población usuaria, sin desatender la continuidad del servicio, observando siempre las directrices que fije la autoridad sanitaria”, agrega.

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