¿Hay feriado irrenunciable por la segunda vuelta?
¿Hay feriado irrenunciable por la segunda vuelta? - Agencia Uno
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Este domingo 14 de diciembre se desarrollará en todo el país la segunda vuelta presidencial entre Jeannette Jara y José Antonio Kast, jornada que estará acompañada por un feriado legal de carácter electoral. La medida contempla una serie de disposiciones especiales que afectan al comercio y a las relaciones laborales, con el objetivo de facilitar la participación ciudadana en el proceso de votación.
La normativa vigente establece que, durante los días de elección, se deben aplicar excepciones laborales y administrativas que permitan el libre desplazamiento de las personas y garanticen que los trabajadores, especialmente del comercio, puedan ejercer su derecho a sufragio sin presiones ni restricciones derivadas de su empleo.
¿El feriado por elecciones es irrenunciable?
Aunque suele generar confusión, el feriado legal por elecciones no es equivalente a un feriado irrenunciable como Año Nuevo, 1 de Mayo o Navidad. Si bien ambos implican descanso para ciertos sectores, el feriado electoral tiene un objetivo específico: asegurar el tiempo necesario para votar, sin que ello implique necesariamente la paralización total de las actividades laborales.
En ese sentido, la legislación permite que algunos rubros sigan funcionando, siempre que se respeten las garantías mínimas para que los trabajadores puedan concurrir a las urnas.
Pese a que desde agosto de 2024 fue derogada la denominada Ley Seca, que prohibía la venta de alcohol en días de votación, se mantienen otras restricciones relevantes para el comercio.

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Deberán permanecer cerrados los supermercados y el comercio en general que funcionen al interior de recintos administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, como malls, strip centers y centros comerciales.
Estos establecimientos deberán cerrar sus puertas a más tardar a las 21:00 horas del día previo a la elección, y no podrán reabrir hasta las 06:00 horas del día siguiente al proceso electoral, es decir, el lunes 15 de diciembre.
La Dirección del Trabajo informó que realizará fiscalizaciones a nivel nacional para verificar el cumplimiento del feriado legal. Las sanciones por infracción pueden oscilar entre 5 y 20 UTM por cada trabajador afectado, dependiendo del tamaño de la empresa.

