Qué observar. El subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, celebró este sábado la resolución de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que, en un fallo dividido, rechazó el recurso de amparo presentado por 6 de los 12 ciudadanos colombianos que buscaban detener las expulsiones anunciadas por el Presidente Gabriel Boric.

  • El Presidente anunció la expulsión el 12 de octubre en Calama, luego de que se viralizara un video en que se ve a un grupo de hombres y mujeres forcejeando y golpeando a carabineros que acudieron a detener a 2 sospechosos de un robo en Puerto Montt, el 9 de octubre.

 

  • “He instruido al subsecretario del Interior (Monsalve) que a las personas que participaron de esta agresión a Carabineros se les aplique el artículo 132 de la ley de migración y se proceda a su expulsión del país”, dijo el mandatario en el norte.

 

  • La expulsión quedó, sin embargo, suspendida, luego de que el 28 de octubre la Corte dictara una orden de no innovar después de que 6 de los imputados por la fiscalía de la agresión interpusieran un recurso de amparo.

 

  • “El rechazo al recurso de amparo lo acogemos como una buena noticia”, dijo Monsalve en un video. “Hicimos uso de una facultad extraordinaria y la Corte de Apelaciones dice que este uso fue bien fundado y bien aplicado. Y, en segundo lugar, porque sostuvimos que esta agresión afectaba la seguridad interior del Estado y también en este punto la Corte de Apelaciones nos da la razón”.
  • La Corte, sin embargo, mantuvo la suspensión de la expulsión mientras los imputados mantengan medidas cautelares, lo que vuelve incierto cuándo ocurrirá.

Por qué la Corte mantuvo suspendida la expulsión. La resolución de la primera sala sostuvo que “no se advierte por estos sentenciadores la existencia de algún actuar ilegal o arbitrario en la dictación de las órdenes de expulsión” como sostenía la defensa.

  • Sin embargo, advirtió que “esta magistratura no puede desatender el mandato legal que impone el artículo 135 de la Ley N°21.325 (Ley de Migración), norma que ordena la suspensión de la ejecución de cualquier tipo de orden de expulsión en los casos que aquella regula, en los siguientes términos: ‘No podrá ejecutarse la expulsión de extranjeros que se encuentren impedidos de salir de Chile por orden de tribunales de justicia chilenos, mientras esas órdenes se encuentren vigentes. Asimismo, se suspenderá la ejecución de la medida de expulsión de los extranjeros que se encuentren sujetos a la custodia de Gendarmería de Chile’”.

 

  • “En consecuencia, encontrándose vigentes respecto de los amparados diversas medidas cautelares impuestas (…), tales como el arraigo nacional, arrestos domiciliarios totales y prisiones preventivas, y sin perjuicio de la legalidad y procedencia de las órdenes de expulsión decretadas por la autoridad recurrida, su ejecutoriedad deberá ser suspendida sólo en cuanto se mantenga vigente la hipótesis señalada en el artículo 135 de la Ley N°21.325”. De acuerdo con el sitio del Poder Judicial, 4 de los 12 imputados están actualmente en prisión preventiva.

 

  • También dispuso dejar sin efecto la orden de no innovar.

 

  • El fallo fue firmado por la fiscal judicial Mirta Zurita y el abogado integrante Javier Niklitschek. La ministra Gladys Avendaño estuvo por acoger el amparo.

Incertidumbre sobre la expulsión. El ex director de Migraciones del gobierno de Sebastián Piñera, Álvaro Bellolio, dijo la semana pasada que acá existen “medidas cautelares, lo que suspende cualquier medida administrativa de expulsión. Este procedimiento estaba en la ley desde 1975 y fue ratificado en el artículo 135 de la nueva ley de migraciones. Ello busca evitar que los extranjeros evadan a la justicia, ya que cuando son expulsados llegan en libertad a su país de origen”.

  • “Al utilizar el artículo 132 que faculta al Subsecretario del Interior a expulsar administrativamente, no tenía ningún sentido anunciar estas expulsiones si sabían que existía un proceso judicial en curso, por lo que estos extranjeros no serán expulsados al menos este año, y tengo dudas si tienen la capacidad, y la voluntad, de expulsarlos a futuro”.
Publicidad