AFP

La corte suprema de Brasil rechazó anular el pedido de la Policía Federal (PF) para que el presidente Michel Temer sea imputado por delitos de corrupción, lavado de dinero y organización delictiva, como había pedido su defensa.

En su decisión, el juez Luis Roberto Barroso, del Supremo Tribunal Federal (STF), consideró que la imputación es un acto previsto en la ley que "no exime de su incidencia a los ocupantes de los cargos públicos".

Los abogados de Temer habían pedido la semana pasada a Barroso la anulación del pedido de imputación, argumentando que la PF no tiene competencias para hacerlo directamente, sin la autorización del propio STF.

La PF investigó durante más de un año si Temer, en el poder desde mayo de 2016, recibió sobornos para emitir un decreto en mayo de 2017 con el objetivo de beneficiar a compañías del sector portuario.

La Fiscalía debe decidir ahora si formula una denuncia penal contra el presidente, solicita nuevas investigaciones o pide que el caso sea archivado.

Para que la Corte Suprema investigue y eventualmente procese al presidente, según la Constitución, debe contar con la autorización del Congreso.

Temer, que siempre ha negado las acusaciones, habría usado empresas ficticias ligadas a un amigo suyo, el coronel João Batista Lima Filho, para recibir sobornos de Rodrimar, una de las compañías del sector portuario beneficiada por el decreto presidencial que extendió el plazo de las concesiones públicas, según detalles de la investigación revelados por medios locales.

Una parte de esos sobornos habría sido transferida al presidente mediante el pago de reformas inmobiliarias, como una realizada en la casa de su hija Maristela Temer, según O Globo. 

El impopular presidente, que reemplazó en 2016 a la expresidenta izquierdista Dilma Rousseff tras su destitución por el Congreso, fue denunciado en dos ocasiones por la Fiscalía el año pasado por corrupción y formación de organización delictiva.

En ambos casos las acusaciones fueron congeladas por el Congreso hasta que concluya su mandato, el 1 de enero de 2019.

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