Durante la mañana de este jueves, el Diario Oficial publicó la ley N 21.208 que modifica el Código Penal para tipificar acciones que "atenten contra la libertad de circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios", entre ellos, "el que baila, pasa". 

Este proyecto había sido presentado por los diputados Miguel Ángel Calisto, Gonzalo Fuenzalida  Matías Walker y Marcela Sabat.

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Esta nueva normativa apunta a aquel que "sin estar autorizado, interrumpiere completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública, mediante violencia o intimidación en las personas o la instalación de obstáculos levantados en la misma con objetos diversos".

Tras su publicación en el Diario Oficial, quienes realicen estas acciones serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado mínimo. Además, esta misma pena se impondrá a "quienes sin mediar accidente o desperfecto mecánico, interpusieren sus vehículos en la vía, en términos tales de hacer imposible la circulación de otros por esta".

En el caso de que los delitos sancionados se perpetraren con ocasión de calamidad pública o alteración del orden público, sea que se actúe en grupo o individualmente pero amparado en este, "se aumentará la pena privativa de libertad respectiva en un grado".

Revisa la publicación completa del Diario Oficial a continuación:

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