La Corte Suprema ratificó que el Estado de Chile debe pagar una indemnización de $15 millones por negligencia policial, al padre de Antonia Garros, joven que se suicidó en 2017 tras sufrir un episodio de violencia en el pololeo en Concepción.

En primera instancia, el 1° Juzgado Civil de Concepción condenó al Fisco por la falta de servicio ocurrida en al capital de la Región del Biobío, sin embargo, fue el máximo tribunal chileno el que confirmó la sentencia.

Según detalló la magistrada Margarita Sanhueza Núñez, se acogió la demanda civil de indemnización de perjuicios por daño moral, presentado por el padre de la joven.

Sanhueza Núñez indicó que los hechos ocurrieron en febrero de 2017, cuando una pareja de pololos discutió en un edificio de Concepción y se solicitó la concurrencia de Carabineros.

"Se inicia un procedimiento por violencia intrafamiliar y los carabineros en vez de dar protección a la víctima, lo que hacen es enfrentarla con el supuesto agresor en ese momento y la joven, dentro del procedimiento que se estaba desarrollando, toma la decisión de lanzarse por el balcón del departamento en el que estaban", agregó la magistrada.

"La Corte Suprema establece, como lo hace en el fallo de primera instancia, que Carabineros no actuó conforme le señalan los protocolos de violencia intrafamiliar, en cuanto su deber primordial es la protección a la víctima", agregó, enfatizando que en lugar de dar protección lo adoptaron como "un procedimiento común y corriente, donde los empadronan, despreocupándose de la víctima".

En tanto, la resolución inicial concluyó que "Carabineros no llevó a cabo el protocolo a que se encontraba obligado al calificar los hechos denunciados como violencia intrafamiliar, no actuando de la forma que le era exigible; y, por ende, su actuación es constitutiva de falta de servicio, y ello no dice relación ni con una situación delictual ni con una conducta administrativa, como pretende entender la parte demandada".

Por su parte, la Corte Suprema, estableció que la policía uniformada incurrió en "omisiones negligentes inexcusables al no apegar su actuar a los protocolos y normas legales sobre violencia intrafamiliar, lo que habría evitado la muerte de la joven”.

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