El Cuarto Tribunal Oral en Lo Penal de Santiago absolvió al teniente coronel (r) de Carabineros, Claudio Crespo, por los delitos de apremios ilegítimos, en el marco de la investigación por las lesiones que sufrió Gustavo Gatica, quien perdió su visión tras recibir perdigones en noviembre de 2019 en el marco del estallido social.
El Ministerio Público solicitaba una pena de 12 años de cárcel contra el excarabinero acusado como autor de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.
El hecho se remonta al 8 de noviembre de 2019, en el contexto del estallido social, cuando Crespo realizaba labores de control de orden público en la calle Carabineros de Chile. Por su parte, Gustavo Gatica se encontraba junto a un grupo de manifestantes que intentaban impedir el actuar policial con el lanzamiento de objetos contundentes y bombas molotov.
La jueza Cristina Cabello argumentó en la lectura del veredicto que la integridad de los efectivos policiales se vio en riesgo producto del actuar de los manifestantes e incluso un funcionario resultó herido por una bomba molotov. A esto se suma que Carabineros no contaba con un vehículo lanza agua, ya que se encontraba en reabastecimiento en un grifo.
Los argumentos del tribunal para absolver a Claudio Crespo
El juez René Bonnemaison detalló además que durante el hecho, tres funcionarios de Carabineros se encontraban con escopetas antidisturbios y se determinó que el autor de los disparos que afectaron a la víctima fue el acusado, Claudio Crespo, quien contaba su certificación para operar el arma.
Igualmente se determinó, según se dijo en la audiencia, que los funcionarios de Carabineros "se ubicaban desde una distancia de 21,4 metros, hiriendo al ofendido a una distancia de 24,5 metros". Sin embargo, el tribunal detalló que era "necesario entregar al funcionario un espacio de discrecionalidad" y que además este no contaba con "la facultad de calcular la distancia".
Defensa ante "agresión ilegítima
Posteriormente, el juez Bonnemaison precisó que a juicio del tribunal que "no es posible atribuirle participación en calidad de autor (a Crespo) de un delito de apremios ilegítimos".
Asimismo, la jueza Cabello también apeló al derecho de legítima defensa ante una "agresión ilegítima" contra los funcionarios policiales con el lanzamiento de estructuras metálicas, bombas molotov y fuegos artificiales. En ese sentido, se determinó que el acusado actuó cumpliendo la orden de sus superiores.
Respecto al momento en que Gatica resultó herido, el tribunal determinó que la víctima portaba una piedra en su mano, la cual se disponía a lanzar contra Carabineros. "El uso de la escopeta antidisturbios constituyó el medio racionalmente necesario para el caso", justificó Cabello.