Después de una investigación que se extendió por cerca de seis años, la Fiscalía Metropolitana Centro Norte condenó a los principales acusados del denominado caso "Operación Topógrafo", la causa que indagó interceptaciones telefónicas ilegales realizadas contra periodistas, denunciantes de corrupción y exfuncionarios del Ejército.

Entre los condenados se encuentran el exministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Juan Antonio Poblete, y el exdirector de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), Schafik Nazal, quienes fueron llevados a juicio por su presunta participación en una red de espionaje que operó entre 2016 y 2018.

¿De qué trata la Operación Topógrafo?

Según acreditó la Fiscalía durante el juicio, la DINE realizó interceptaciones telefónicas fuera de los márgenes permitidos por la Ley de Inteligencia.

El Ministerio Público sostuvo que las escuchas no tenían relación con amenazas a la seguridad nacional, terrorismo, narcotráfico o crimen organizado, sino que apuntaban a periodistas, denunciantes de presuntas irregularidades al interior del Ejército y otros particulares.

Para concretar las interceptaciones, la investigación estableció que se utilizaron resoluciones y oficios con información falsa para obtener autorizaciones judiciales.

Las víctimas de la Operación Topógrafo

Entre las personas que fueron objeto de las interceptaciones ilegales figura el periodista Mauricio Weibel, autor de investigaciones sobre presuntos hechos de corrupción en el Ejército.

También aparece el excapitán Rafael Harvey, quien denunció irregularidades al interior de la institución castrense, además de otros funcionarios y particulares.

Tal como indica la Fiscalía, "se llevó el caso a juicio abreviado, lo que permite condenar a Poblete y Nazal a una pena de 5 años de libertad vigilada intensiva".

Según detalló la fiscal Ximena Chong, la resolución “es satisfactoria para los intereses persecutorios del Ministerio Público pero también para los intereses de las personas efectivamente afectadas por estas medidas ilícitas y, por cierto,  permiten establecer también sin lugar a dudas la existencia de hechos que resultaron ser graves para la institucionalidad, porque tuerce la utilización de medidas relevantes para el combate tanto del crimen organizado como el debido resguardo de la seguridad interior”.

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