La Corte de Apelaciones de Rancagua ordenó proceder con la transfusión de sangre y todos los tratamientos que se requieran para salvaguardar la vida de un recién nacido internado en el Hospital Regional.

Se trata de una determinación adoptada tras un fallo unánime, luego que se acogiera un recurso de protección deducido por el Hospital Regional debido a que los padres -quienes son testigos de jehová- se negaban a la transfusión de sangre.

"El acto que motiva el recurso es la negativa de los padres del recién nacido (…), quienes profesan el culto de la iglesia Testigos de Jehová, al procedimiento de transfusión de sangre y hemoderivados para su hijo, tratamiento que resulta necesario, pues se encuentra en la Unidad de Pacientes Críticos Neonatal del Hospital Regional, por presentar sangrado activo a través de tubo endotraqueal y en sitios de venopunción, que lo mantiene con riesgo inminente de requerir una transfusión", sostuvieron en el fallo.

En esa línea, se apuntó que "en efecto, el principio de la intangibilidad del consentimiento relacionado con la libertad de conciencia, traducido en este caso negarse al acto transfusional, cede cuando estamos frente a una situación urgente, donde la vida y su pronóstico está en riesgo, siendo la transfusión un acto indispensable para obtener la sobrevida, esto quiere decir, la carencia de otra alternativa médica o terapéutica para lograr dicho objetivo".

Por lo mismo, se resolvió acoger el recurso de protección y se ordenó la transfusión sanguínea "y todos los demás tratamientos que el estado de salud del niño (...) requiera para proteger y salvaguardar su vida y su integridad física".

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