La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó el recurso de protección presentado por dos cotizantes en contra de la AFP Provida S.A. que denegó el retiro total de los fondos acumulados en sus cuentas de capitalización individual.

En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal descartó actuar arbitrario de la administradora de fondos de pensiones al no acceder al retiro de los fondos. Sin embargo, ordenó a la AFP informar a los cotizantes de las opciones legales que existen para el retiro parcial o total del dinero.

A juicio de la Corte, "la respuesta otorgada a los cotizantes resulta incompleta, al limitarse sólo a expresar la negativa a la solicitud de retiro total e inmediato del dinero ahorrado, sin detallar otras alternativas que, como se ha dicho, la misma ley regula y pueden abonar al interés de los actores en orden de disponer de aquellos fondos para destinarlo a los fines que estime convenientes atendidas sus necesidades concretas".

En el fallo además se señala que que la AFP debe complementar la respuesta entregada a los cotizantes dentro de los próximos diez días.  

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