La Corte Suprema rechazó, este jueves, un recurso de amparo en contra de la decisión del Juzgado de Garantía de Temuco que mantuvo – en julio pasado- la prisión preventiva de Martín Pradenas Dürr,  imputado por seis delitos de connotación sexual, ocurridos entre 2010 y 2019.

La Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministras María Teresa Letelier, la abogada Leonor Etcheberry y el abogado Ricardo Abuauad- confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que rechazó la acción cautelar.

“Que la condena en costas es contraria a la naturaleza constitucional de la acción deducida en estos autos, en cuanto su imposición implica limitar su ejercicio, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia de veintiuno de julio de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, en el Ingreso Corte N° 300-2021, solo en cuanto por ella se condenó en costas al recurrente, disponiéndose, en su lugar, que éste queda liberado de dicha carga procesal.

Este jueves además, el Juzgado de Garantía de Temuco ordenó la reapertura de la investigación contra Martín Pradenas, en el caso de abuso sexual y violación en contra de la joven Antonia Barra, quien se quitó la vida en 2019 tras denunciar haber sido violada por el imputado.

Según detallaron desde el Poder Judicial, se dictó un plazo de 30 días para la investigación, tras acoger parcialmente la solicitud de los querellantes.

Por otro lado, el tribunal desestimó la petición de la defensa de Pradenas, decretando que Alejandro Barra -padre de Antonia- pueda seguir siendo parte de los querellantes en calidad de víctima.

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