El año 2013 la colombiana Ladis Sawyer Mondragón Zamora ingresó a Chile de manera irregular y en enero del 2018 concurrió a las oficinas del Registro Civil e Identificación de la comuna de Recoleta para solicitar una hora para casarse con su pareja chilena, Emilio Meneses. Sin embargo, el requerimiento se le denegó en virtud de su situación migratoria. 

Este martes la Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió recurso de protección presentado por sus abogados y ordenó al Servicio de Registro Civil celebrar el matrimonio entre el chileno y la ciudadana colombiana.

Esto tras establecer que las normas de la ley de extranjería que traban el matrimonio entre chilenos y extranjeros, se encuentran derogadas por la vigencia de tratados internacionales sobre derechos humanos.

En este caso, se estableció que “el Tribunal Constitucional en diferentes sentencias ha empleado como método de comparación para resolver la legitimidad de la legislación interna, la normativa internacional en la medida que establezca disposiciones fundamentales a favor de las personas. De esta forma la norma de la Convención Americana de Derechos Humanos resulta aplicable en cuanto su artículo 17 contempla la protección de la familia, pues constituye 'el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado'”.

Además explica que la misma Convención reconoce “el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio”, por lo cual, el máximo tribunal decidió acoger el recurso y ordenar el matrimonio.

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