La Corte Suprema ha declarado inadmisibles más de 450 recursos de protección ante el cobro por las deudas del Crédito con Aval del Estado (CAE).

De acuerdo a la Tesorería General de la República (TGR), recientemente la Corte de Apelaciones de Arica rechazó un recurso de protección validando el marco legal que faculta a la institución para efectuar el cobro de estas deudas.

La sentencia rechazó la acción presentada por un deudor que buscaba dejar sin efecto un mandamiento de ejecución y embargo emitido por la Tesorería Regional de Arica y Parinacota.

Este pronunciamiento se suma a los más de 450 recursos de protección declarados inadmisibles por la Corte Suprema. De esta forma, los tribunales superiores de justicia han sostenido que el recurso de protección no constituye la vía idónea para debatir la naturaleza jurídica de estas obligaciones, ni tampoco para cuestionar el procedimiento legal establecido para su cobro.

Tesorería detalla cobro a deudores del CAE

Según la TGR, más de 550 mil personas no han cumplido con sus obligaciones de pago asociadas al CAE y la deuda del Fisco es superior a los $4 billones de pesos.

En el caso de aquellos deudores que no han respondido a las alternativas de pago acordes a la capacidad económica disponible, la TGR ha ejercido las acciones de cobro contempladas en la normativa vigente, incluyendo medidas de embargo cuando corresponde.

La mayor parte de los embargos ejecutados han recaído sobre deudores con ingresos iguales o superiores a $3.500.000 mensuales, de acuerdo con sus propias declaraciones de impuestos correspondientes al Año Tributario 2025.

A la fecha, más de 1.500 personas han sido embargadas, lo que corresponde a un 5% del total de casos que han regularizado su deuda a través de convenios.

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