En una decisión considerada "histórica" por los movimientos de la diversidad sexual, la Corte Suprema concedió el cuidado personal de dos menores de tres años a su padre homosexual, quien convive con su pareja del mismo sexo.

En fallo dividido, la Cuarta Sala del máximo tribunal revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, argumentando la estabilidad personal de los mellizos.

Los ministros que votaron a favor fueron Andrea Muñoz, Carlos Cerda y el abogado integrante Álvaro Quintanilla, mientras que en contra estuvieron Ricardo Blanco y Gloria Ana Chevesich.

El fallo indica que "parece necesario señalar que si bien la estabilidad emocional ha de ser un criterio a considerar por los juzgadores a la hora de establecer, tanto el régimen comunicacional como el ejercicio del cuidado personal, resulta indicativo para el caso que aquí se debate, el hecho que el legislador la asocie precisamente -la estabilidad- a la actitud que tenga cada uno de los padres para cooperar con el otro".

La sentencia consigna la retención ilícita de los niños en Uruguay durante cinco meses por parte de la madre, "llegando al extremo que su restitución hubo de ser obtenida a través de resolución judicial dictada por los tribunales de ese país", como aparece en el documento.

Un comunicado enviado por el Movilh recuerda que fue el padre el que obtuvo la tuición en primera instancia, la que perdió en la Corte de Apelaciones. “Estamos en presencia de un hito, pues si bien fallos similares se habían dado en el caso de madres lesbianas, este es el primero de un padre gay y donde en la misma sentencia se hace explícita referencia a su pareja del mismo sexo y al hecho de que convive con él”, comentó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

 

Publicidad