Sólo falta poco más de dos semanas Navidad, el último feriado de este año 2024.

El próximo 25 de diciembre será feriado irrenunciable por este motivo (Navidad) y cae miércoles. ¿Funcionará el comercio ese día? Sí, pero no todo.

En T13.cl te explicamos cómo funciona la ley al respecto y lo que puede y no puede abrir el 25 de diciembre.

Navidad: El comercio que sí puede abrir el 25 de diciembre

Lo primero que hay que considerar es que el 25 de diciembre es uno de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables que hay en el año en nuestro país. Los otros son el 1 de enero, 1 de mayo, y el 18 y 19 de septiembre.

Estos días “serán feriados obligatorios e irrenunciables para todos los dependientes del comercio”, establece el artículo 2° de la Ley 19.973.

De lo anterior se desprende que ese día —25 de diciembre— el comercio no podrá funcionar, como son supermercados y malls.

Sin embargo, hay excepciones. Y es que según indica el mismo artículo de la mencionada ley, sí pueden funcionar en un día feriado obligatorio e irrenunciable los siguientes comercios:

  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento; tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados. 

Tampoco será aplicable a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

Las tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que pueden ser consumidos por el cliente en el propio local.

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