En noviembre de 2022 entra en vigencia el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, que dispone una serie de medidas para el pago.

El Registro Nacional incluirá a deudores que deban pensión de alimentos por 3 meses consecutivos o 5 discontinuos cuando una resolución judicial lo ordene.

Los datos que contendrá el registro serán el nombre completo y número de cédula de identidad o documento de identificación del deudor; el número de personas alimentarias afectadas; el monto actualizado de la deuda y cantidad de cuotas adeudadas; el Tribunal de Familia que fijó la pensión de alimentos; y datos de la cuenta dispuesta para el pago.

Cabe mencionar que el acceso al Registro será remoto, gratuito e inmediato para cualquier persona con interés legítimo en la consulta, como el deudor, la parte demandante o su representante legal, los tribunales competentes o las personas o entidades obligadas a consultarlo.

De igual forma, mientras no se paguen las pensiones, se dispone de una serie de medidas a adoptar en contra del deudor.

¿Qué medidas se tomarán contra quienes estén en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos?

Entre las sanciones se contempla el retener la devolución de impuestos, retener parte de los fondos de un crédito bancario que pida la persona deudora por 50 UF o más.

Si el deudor o deudora vende un vehículo o una propiedad, se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados; de igual manera, se le puede negar la licencia de conducir y el pasaporte.

Además, se puede decretar una retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil; la inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado; y retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda.

Otras sanciones son el pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo y las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.

Para salir del Registro Nacional de Deudores, la persona alimentante tendrá que pagar la totalidad de la deuda o suscribir un acuerdode pago serio y suficiente para saldar lo adeudado; además de solicitar al tribunal salir del registro.

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