El Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago determinó este martes no acoger la solicitud de reapertura de la investigación en contra de Martín de Los Santos, imputado por la agresión de carácter grave contra Guillermo Oyarzún, un adulto mayor que se desempeñaba como conserje en un edificio de Vitacura.
La petición había sido presentada por la parte querellante, que buscaba la realización de nuevas diligencias. Según explicó el fiscal Francisco Lanas, “estimaban que habían ciertas diligencias que habían sido solicitadas por ellos y que no estaban cumplidas o que el Ministerio Público no había dado curso”.
Sin embargo, durante la audiencia, el tribunal concluyó que la investigación ya se desarrolló a cabalidad. En ese contexto, el persecutor detalló que “existen todos los informes complementarios que dan cuenta de que don Guillermo tiene lesiones de carácter grave, la calificación jurídica que ha dado el Ministerio Público y por el cual se acusó recientemente”.
De acuerdo con lo expuesto por la Fiscalía, los registros de cámaras de seguridad, declaraciones de testigos e informes médicos, permiten sostener la acusación de agresión de carácter grave contra el imputado. En esa línea, Lanas precisó: “la pena que solicitó en la acusación, una pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo”.
Fiscalía espera concretar la extradición de Martín de los Santos
Actualmente, Martín de Los Santos permanece en prisión preventiva en Brasil. Sobre este punto, el fiscal indicó que el proceso para su retorno a Chile sigue en curso. “La Corte de Apelaciones ya autorizó la extradición, y se está a la espera de ciertas firmas protocolares en la Cancillería de Brasil, con objeto que Interpol pueda ponerlo a disposición de Interpol Chile y pueda ser traído al país”.
Respecto a una eventual condena, Lanas explicó que será el tribunal el que determine el tiempo efectivo de cumplimiento de cárcel, considerando también el período en que el imputado ha estado privado de libertad en Brasil. “Siempre las penas son cumplimiento efectivo, y es una excepción el cumplimiento de penas sustitutivas”, concluyó.