En la noche de este miércoles, el Senado aprobó el proyecto de ley que tipifica como delito la alteración de la paz pública con actos considerados violentos.

Con 33 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones, la Cámara del Senado aprobó en general esta ley denominada como "antisaqueos" y "antibarricadas".

Hasta el 6 de diciembre se dio plazo para que legisladores y el Ejecutivo presenten las indicaciones, además de las correcciones, que posteriormente serán revisadas en particular por la Comisión de Seguridad Pública.

De acuerdo con el detalle de este proyecto, las personas arriesgan una sanción con reclusión menor en su grado medio a máximo, es decir, desde 541 días a 5 años.

Asimismo, la norma considera como desorden público los siguientes casos:

- Paralizar o interrumpir algún servicio público de primera necesidad y que afecte gravemente a su funcionamiento (transportes, hospitalarios, de emergencia, de electricidad, de combustible, de agua potable y de comunicaciones).

- Ejecutar actos de violencia peligrosos para la vida o la integridad física de las personas mediante el lanzamiento de elementos contundentes, cortantes, punzantes u otros.

- Destruir, en todo o en parte relevante, una vivienda, un establecimiento comercial o industrial, una oficina pública o privada, uno o más vehículos motorizados o la irrogación de daño a bienes de reconocida importancia científica, religiosa o social.

- Incendiar objetos o utilizar elementos destinados a impedir coactivamente la libre circulación de las personas o vehículos.

- Impedir o dificultar la actuación del personal de los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinada a combatir un siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la seguridad de las personas.

- Cuando se ocupen o usurpen bienes inmuebles de carácter industrial, comercial o agrícola, sean estos públicos o privados.

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