La Corte de Apelaciones de Coyhaique concedió esta semana la libertad condicional a Mauricio Ortega, condenado por la agresión contra su expareja, Nabila Rifo, en 2016.
La mujer, de entonces 29 años, fue brutalmente atacada por su entonces pareja y padre de dos de sus cuatro hijos en Coyhaique, región de Aysén. Producto de la agresión, la víctima perdió ambos ojos.
En primera instancia, Mauricio Ortega fue condenado a 25 años de cárcel en 2017. Sin embargo, su pena fue rebajada luego de que la Corte Suprema desestimara el delito de femicidio frustrado en el caso.
De esta manera, el hombre fue condenado a 12 años y 180 días por el delito de lesiones graves gravísimas, otros cuatro años por lesiones graves y 541 días por el delito de violación de morada.
Mauricio Ortega cumplió nueve años de su pena en la cárcel de Puerto Aysén, específicamente ocho años y dos meses desde la lectura de la condena, además del tiempo en prisión preventiva, por lo que le restan ocho años, siete meses y siete días.
Sin embargo, con la liberación de Ortega de la cárcel, en calidad de libertad condicional, una investigación apunta a un error del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG), el cual habría posibilitado que el agresor quedara en libertad.
Nabila Rifo: La declaración de SernamEG frente a supuesto error
Debido a esto último, SernamEG emitió este jueves una declaración pública, entregando su versión frente a los cuestionamientos.
El Servicio afirma que "ha acompañado a la víctima desde el inicio del caso en 2016 actuando como querellantes y representantes durante todo el proceso judicial: ante el Juzgado de Garantía, el Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique y la Corte Suprema, instancia en la cual nos opusimos al cambio de tipificación del delito, que pasó de femicidio frustrado a lesiones graves gravísimas".
Una vez concluido ese proceso judicial, continúa la declaración, "el Servicio junto a la Seremi Regional de la Mujer y la Equidad de Género de Aysén, continuó brindando apoyo a la víctima, a través de acompañamiento psicosocial y coordinaciones con otras instituciones, para resguardar tanto su seguridad como la de su familia".
En tanto, sobre la liberación de Ortega, SernamEG asegura que "ni la víctima ni el Servicio fueron debidamente notificados".
"En este caso, la exfuncionaria del Servicio a la que se le envío la notificación vía correo electrónico, se encuentra destituida desde 2025 a raíz de un sumario administrativo ajeno a este tema. Cabe señalar, que la resolución respecto de la libertad condicional del agresor exigía la efectiva notificación a la víctima, lo que no se concretó, dado que no fue realizado en su domicilio actual y tampoco se consideró un enfoque inclusivo", añade sobre el presunto error de SernamEG que habría posibilitado que el agresor de Nabila Rifo quedara en libertad.
"Al no garantizar una notificación efectiva, se incumple con una diligencia que se aplica en cualquier audiencia judicial para asegurar la entrega de información clara y oportuna que permita el correcto ejercicio de los derechos de los intervinientes", complementa el Servicio en su declaración.