En fallo unánime, la Corte Suprema condenó al Servicio de Salud y a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Iquique a pagar $80.000.000 al hijo del paciente que falleció por la aplicación de una inyección con una aguja infectada.

La Tercera Sala del máximo tribunal estableció la responsabilidad de las recurridas por el mal tratamiento brindado a la víctima en el Centro de Salud Familiar Cirujano Guzmán de Iquique.

La resolución sentencia que "los órganos de la Administración del Estado en materia sanitaria serán responsables de los daños que causen a particulares por falta de servicio', es decir, se incorpora la falta de servicio como factor de imputación que genera la obligación de indemnizar a los particulares por los daños que éstos sufran a consecuencia de la actuación de los Servicios de Salud del Estado".

Y agrega que: "Los hechos descritos en el considerando sexto permiten configurar la falta de servicio en la que incurrió la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Iquique, pues ésta, a través del servicio de atención primaria a su cargo Cesfam Sur y Cesfam Cirujano Guzmán, no otorgaron a Sandra Ilaja Vilca, la atención de salud que requerida de manera eficiente, eficaz y, especialmente, oportuna".

En tanto, la responsabilidad del Servicio de Salud de Iquique radica en la falta de fiscalización que le corresponde.

Publicidad