La Corte Suprema ratificó la condena en contra de un médico por negligencia en una cirugía ginecológica y por la que tendrá que pagar casi 54 millones de pesos a la víctima.

Los hechos corresponden a una cirugía de vaciamiento o legrado uterino, que se realiza para extraer tejido desde dentro de éste, pero que terminó con la perforación del útero y el intestino delgado de la paciente.

En un fallo unánime la primera sala del máximo tribunal descartó el recurso de casación presentado por la defensa descartando infracción a la ley en la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena.

"No obstante estar acreditado que el médico demandado le informó a la actora sobre los beneficios, riesgos y complicación de la intervención quirúrgica a la que se sometería, no consta en la ficha que éste haya informado a la paciente, específicamente, que el procedimiento quirúrgico de vaciamiento o legrado uterino tuviera como riesgo asociado ‘connatural’ la perforación del útero o de otros órganos cercanos", precisó parte del fallo.

Asimismo, la resolución concluye que el "demandado no acreditó con la prueba rendida el cumplimiento de sus obligaciones contractuales; específicamente, que haya realizado el legrado uterino conforme a la lex artis médica y que haya informado a la paciente que la rotura del útero y del intestino delgado fuera un riesgo connatural o propio del procedimiento”.

Así, el médico encargado de la cirugía deberá pagar a la paciente la suma de $53.939.851, de los que $3.939.851 corresponderían a concepto de daño emergente y $50.000.000 a concepto de daño moral.

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