Ya nos encontramos en la recta final para disfrutar una nueva versión de las Fiestas Patrias. Como es habitual, esos días de descanso y celebración vienen acompañados de un aguinaldo. 

El monto va dirigido a pensionados y trabajadores del sector público. 

Se trata de un pago que se entregará una sola vez durante el año, siempre y cuando las personas cumplan con los requisitos, según detallan desde el Instituto de Previsión Social (IPS).

Aguinaldo de Fiestas Patrias 2025 a pensionados y trabajadores del sector público

Según lo establecido en la Ley 21.724, el aguinaldo para las personas pensionadas en Fiestas Patrias de este año corresponde a $25.280.

Ojo, la ley, que fue publicada el 3 de enero, también detalla que hay casos en los que los beneficiarios pueden recibir un aumento del monto. 

Es que el monto aumentará hasta $12.969 por cada persona que tenga acreditada como causante de asignación familiar o maternal. 

Vale recordar que el aguinaldo se entregará como pago único a los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), del Instituto de Seguridad Laboral y de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores, según la ley mencionada. 

En el caso de los pensionados del IPS, las personas beneficiarias son: 

  • Pensionados/as de las ex-cajas de previsión. 
  • Pensionados/as de la Ley de Reparación (Ley Rettig). 
  • Pensionados/as de la Ley de Reparación (Ley Valech). 
  • Pensionados/as de las leyes de Exonerados/as Políticos/as. 
  • Pensionados/as de Accidentes del Trabajo, del Instituto de Seguridad Laboral. 
  • Beneficiarios/as de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez. 
  • Beneficiarios/as de la Pensión Garantizada Universal (PGU). 
  • Beneficiarios/as de Indemnización del Carbón. 
  • Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental. 

Respecto a los trabajadores del sector público, la ley detalla que el aguinaldo se entregará a las personas que ejerzan en esa área hasta, al menos 31 de agosto, ya sea en cargos de planta o contrata. 

Vale recordar que los montos son los siguientes: 

  • Los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en agosto sea igual o inferior a $1.025.622, recibirán $88.667
  • Los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en agosto supere los $1.025.622, recibirán $61.552.
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