La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la querella contra una tienda por infracción a la ley de protección de los derechos de los consumidores tras vender una bicicleta de alto costo con defectos en horquilla y sistema de bloqueo.
En un fallo unánime, la 14° Sala del tribunal revocó la sentencia apelada que fue dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de La Florida, que rechazó la acción al considerar que se presentó una vez expirado el plazo legal de tres meses.
De acuerdo al fallo, la empresa Full Bike Chile sostuvo que el producto estaba fuera de garantía y que los daños obedecían al uso dado por el consumidor, sin embargo, "no rindió prueba técnica suficiente que permitiera establecer que los desperfectos originalmente denunciados obedecieran a una utilización incorrecta del producto o a una causa exclusivamente imputable al usuario".
"Los antecedentes demuestran que los problemas de funcionamiento fueron advertidos a muy breve tiempo de efectuada la compra y persistieron pese a la intervención técnica realizada por el propio proveedor", detallaron.
Tienda deberá pagar millonaria indemnización por venta de bicicleta defectuosa
En este contexto, la resolución plantea que la Ley N°19.496 "impone al proveedor el deber de suministrar bienes aptos para el uso al cual ordinariamente están destinados y de responder frente a defectos que afecten la calidad, seguridad o idoneidad del producto".
Adicionalmente, los antecedentes revelaron "una prestación deficiente de los servicios de postventa requeridos oportunamente por el consumidor". En concreto, la empresa recibió el producto para su revisión "y posteriormente comunicó la existencia de daños estructurales adicionales cuya presencia no aparece consignada en la orden de ingreso respectiva; circunstancia que, a lo menos, evidencia una gestión negligente e incompatible con el estándar de profesionalidad".
"El consumidor no recibió una solución efectiva frente a defectos oportunamente denunciados y sufrió menoscabo derivado de deficiencias en la información, calidad e idoneidad del bien adquirido y en la atención de postventa", agrega el fallo.
La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó el pago de una indemnización de perjuicios de $3.400.000 por concepto de daño emergente. De todas formas, se rechazó la demanda de indemnización por daño moral.
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