Un significativo aumento de los scooters eléctricos se ha visto en las calles de todo Chile, pero particularmente en Santiago. El uso de este medio de transporte ha aumentado y con ello las dudas de cómo se tienen que comportar los conductores de estos vehículos en la vía pública. 

La Ley de Convivencia Vial, modificada en 2018, los considera como ciclos, es decir, como un vehículo de propulsión eléctrica o humana que no exceda los 25 kilómetros por hora como velocidad máxima. 

Si un scooter supera esta velocidad sería considerado de manera inmediata como un vehículo motorizado por lo que requeriría patente, permiso de circulación, SOAP y Revisión Técnica, además de contar con una licencia de conducir clase C.

Según datos de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), solo durante el año 2023 se registraron 510 incidentes de scooters eléctricos a nivel nacional, de los cuales 353 se concentraron en la región Metropolitana. 

Qué normas deben cumplir los scooters eléctricos

La normativa exige el uso de casco y luminarias en los scooters eléctricos, al igual que en los otros tipos de vehículos como bicicletas o patinetas. 

Los scooter deben utilizarse por las ciclovías, y en caso de no existir, se tienen que desplazar por la calzada, es decir, por la calle. Si las medidas de seguridad en la calzada no son adecuadas para el usuario, deberá bajarse del scooter y trasladarse como peatón.

Los usuarios deberán usar la pista derecha de la calzada, aunque existen las siguientes excepciones:

  • Cuando se adelanta a otro vehículo que va en el mismo sentido
  • Cuando el tránsito por la mitad derecha esté impedido.
  • En vías unidireccionales, cuando exista una pista de uso exclusivo para buses al costado derecho.
  • Cuando el ciclo deba virar a la izquierda, bajo las reglas de dicha maniobra
  • En la calzada, la prioridad siempre será del peatón y de los vehículos que ingresen o salgan de alguna edificación.

 

La Mutual de Seguridad explica que los conductores de los scooters no deberán portar elementos o cargas que te impidan mantener ambas manos sobre el manubrio y el debido control del vehículo o su necesaria estabilidad.

Además, deberán conducir atento a las condiciones del tránsito, sin hacer uso de elementos distractores como teléfono móvil o dispositivos de audio a alto volumen, que dificulten tu visión o audición.

Desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida y cada vez que las condiciones del tiempo lo requieran, deberán portar un chaleco, arnés o cinturón de bandolera reflectante.

Las Condes comenzará a cursar multas

La Municipalidad de Las Condes anunció que a partir del 1 de junio comenzarán a cursar multas a aquellos conductores y conductoras que se transporten en scooters eléctricos y que no cumplan con las normas del tránsito. 

Estas multas irán desde las 1 hasta las 3 UTM, es decir, desde los 65 mil pesos hasta los 195 mil pesos.

En lo que va de este año, en Las Condes se han cursado casi 600 partes de cortesía a los usuarios de scooter sorprendidos infringiendo la Ley de Convivencia Vial, pero a partir de este 1 de junio estas multas serán efectivas. 

La alcaldesa de Las Condes, Daniela Peñaloza, destacó la campaña de concientización que está llevando a cabo su comuna para mejorar la convivencia vial entre todos los actores.

“Es fundamental reforzar que el conductor siempre debe estar atento a las condiciones del tránsito, especialmente por la velocidad que alcanzan. Por eso desde la municipalidad estamos permanentemente educando a los usuarios de scooter y bicicletas, para reforzar que la seguridad es responsabilidad de todos”, destacó.

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