Este primer lunes de abril comenzó a regir la Ley de Inclusión Laboral para personas con discapacidad, la cual busca emparejar las posibilidades de trabajo, por parte de personas con capacidades diferentes, y ayudar a erradicar la discriminación.

La normativa amplía las posibilidades laborales de las personas que estén registradas con discapacidad, o que sean asignatarias de pensiones de invalidez, ya que emplaza a las empresas con 100 o más trabajadores a disponer del 1% de su planta laboral para estos efectos.

En ese mismo sentido, en una primera instancia, el sueldo a apercibir por el trabajador no podrá ser inferior al mínimo nacional, incluso en caso de aquellas personas que reciban pensión de invalidez.

Además, el límite para suscribir el Contrato de Aprendizaje con personas con discapacidad mental se fija en los 26 años. Junto con eso se prohíbe discriminación hacia las personas con discapacidad y en el proceso, de selección laboral del Estado, se establecerán garantías de aquello.

Por otro lado, la fiscalización del cumplimiento anual de la ley se realizará por parte de la Dirección del Trabajo, la que deberá manejar el registro de los contratos de trabajos y las modificaciones realizadas a lo largo del año.

Respecto a las empresas que no puedan cumplir con la normativa, se fijaron mecanismos alternativos, como contratar prestación de servicios de empresas que posean trabajadores con capacidades diferentes o, en otro caso, realizar donaciones que vayan en apoyo de la inclusión.

Ministro Monckeberg: “Se incentiva el desarrollo y el trabajo”

El ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, se mostró conforme con la puesta en marcha de la normativa. “No tenemos derecho a cerrar la puerta a una persona que tenga una capacidad distinta a la de otro trabajador”, señaló.

Además, el titular de la cartera comentó que desea “que tengamos un mercado laboral más inclusivo (…) queremos que promueva empleo de verdad, donde el trabajador sea evaluado”.

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Ahora bien, puntualizó que la Dirección del Trabajo estará a cargo de la fiscalización de la normativa y que las empresas deberán otorgar “empleos y no un simple pago de impuesto o depósito de plata para que se cumpla la cuota”.

Sobre la pensión de invalidez, el titular de la cartera aseguró que no se pierde pese a que se perciba un sueldo y que, de hecho, junto con la pensión se deberá garantizar el pago, al menos, del sueldo mínimo.

“Toda la remuneración de una persona con discapacidad tiene que ser de acuerdo a las reglas generales. Eso se llama igualdad”, apuntó.

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