El Banco Central se refirió a la eventual manipulación del IPC y su impacto en la UF, señalando que "no está habilitado a corregir retroactivamente tales índices".

"Respecto a las implicancias del IPC para los sistemas de reajustabilidad que autoriza el Banco Central, el marco legal y normativo vigente, no habilita al instituto emisor a corregir retroactivamente tales índices", declararon en un comunicado. 

Los sistemas de reajustabilidad autorizados por el Banco Central para calcular la variación del IPC son la Unidad de Fomento (UF) y al Índice de Valor Promedio (IVP). 

Respecto a dicho marco jurídico, "la UF se reajusta mensualmente aplicando una metodología mecánica y prestablecida, que utiliza el dato de la variación que haya experimentado el IPC que determina el INE, en el mes calendario inmediatamente anterior al período el cual dicha unidad se calcula". 

Respecto del eventual impacto en la dinámica inflacionaria, "el Banco Central estima pertinente esperar a disponer de más antecedentes para su análisis". 

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