"Acreencias bancarias" es el nombre técnico que se le da a las sumas de dinero "olvidadas" en bancos, las que están a nombres de personas, pero que éstas -por diversos motivos- no lo han retirado. Y un punto importante es que son "sujetas a caducidad", es decir, si no se retiran en una fecha determinada se pueden perder. 

Siete bancos ya publicaron la nómina de personas que tienen montos por retirar este 2016, quienes deben acercarse a dichas instituciones para realizar el trámite de cobro. Esta información fue entregada al Diario Oficial y corresponde a la que proporcionaron Banco de Chile, Banco BiceBancoEstado, BCI, Banco Security, Deutsche Bank y Banco Paris. 

Los montos de las acreencias bancarias corresponden a cheques, vales vista u otros documentos que nunca fueron cobrados por sus titulares y que quedaron "olvidados" en instituciones del sistema financiero. 

A continuación, revisa las nóminas que publicaron ambos bancos en el Diario Oficial. 

Los listados de acreencias bancarias están hecho por orden alfabético y puedes revisarlos en tu teléfono móvil o en un computador.

Si los revisas en un PC puedes facilitarte la búsqueda haciendo clic en el documento, luego presionando Ctrl + F y escribiendo tu nombre.  

Banco de Chile

BancoEstado

BCI

 

Banco Bice

 

Banco Security

 

Deutsche Bank 

 

Banco Paris

¿Qué son las acreencias bancarias?

Se trata de sumas de dinero que fueron emitidas como cheques, vale vistas, depósitos a largo plazo o boletas de garantía u otros instrumentos, y que en algún momento se depositaron a nombre de una persona en una entidad bancaria.  Sin embargo, dicho titular -por alguna razón- nunca cobró el dinero.

Generalmente el cobro del dinero no se realizó por simple olvido o desconocimiento de su existencia. 

Cada año se publica una lista con los montos de más de cinco Unidades de Fomento (U.F.). Para montos entre 1 y 5 U.F, se debe consultar en cada banco. 

¿Cómo se cobra una acreencia bancaria?

El titular puede cobrar el monto por su cuenta o puede acceder a asesoramiento jurídico, dependiendo del caso. 

Si por ejemplo la acreencia bancaria es un vale vista nominativo, en titular sólo debe acudir a la institución que informó de la existencia del dinero y retirarlo con su cédula de identidad.

En el caso de que la acreencia ya no esté en su poder, para recuperar el título se deberá seguir un proceso en tribunales y hacer exigible el dinero. En ese caso puede ser necesario el asesoramiento de un abogado.

¿Qué pasa si no se cobra la acreencia?

El beneficiario tiene un plazo máximo de tres años para reclamar el dinero. De lo contrario, pasa automáticamente a las arcas fiscales.

El plazo de caducidad de tres años comienza a regir desde el día 31 del mes de enero en que el banco forma la lista de acreencias afectas a caducidad, mediante publicación en el Diario Oficial. 

¿Necesito un abogado para cobrar una acreencia bancaria?

No. Ya que los listados de acreencias son de acceso público, hay abogados que le ofrecen a los beneficiaros sus servicios para regularizar los bienes a cambio de un porcentaje del monto rescatado. Sin embargo, en la gran mayoría de los casos el propio titular puede realizar el trámite sin problemas.

Solo en caso que la acreencia no esté en su nombre, deberá seguir un proceso en tribunales para recuperar el título y recuperar el dinero. En esos casos puede ser necesaria la asesoría de un abogado.

Puedes revisar también si tienes acreencias bancarias de años anteriores HACIENDO CLICK AQUÍ o en la imagen de abajo: 

 

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