Este viernes se publicó en el Diario Oficial la Ley de Respeto Callejero, lo que permite que afectadas y afectados por conductas de acoso, sea este físico o verbal, puedan denunciar situaciones de acoso en espacios públicos

Gracias a la ley, impulsada por el Observatorio Contra el Acoso Chile (OCAC), se reconoce por primera vez en la historia la gravedad de los hechos y se los clasifica como violencia sexual ante la justicia.  

Esta nueva ley castigará con la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multa de 5 a 10 UTM (241 mil a 483 mil pesos) mensuales, al que "en lugares públicos o de libre acceso al público y que, por cualquier medio, capte, grabe, filme, o fotografíe imágenes, videos o cualquier registro audiovisual, de los genitales u otra parte íntima del cuerpo de otra persona con fines de significación sexual y sin su consentimiento".

¿Cómo denunciar?

  • Si hay algunas personas cerca que hayan visto lo que ocurrió, pídeles sus datos (nombre, RUT, número de contacto y dirección) para ofrecerlos como testigos.
  • Reunir pruebaas de lo que pasó como fotografías, grabaciones o cámaras de seguridad. 
  • Acércate a la PDI, Fiscalía o Carabineros (lo que esté más cerca del lugar donde aconteció el suceso). Las tres instituciones tienen la obligación de recibir tu denuncia.
  • Relata detalladamente los hechos, describiendo con la mayor precisión posible al agresor, si lo recuerdas.

La ley da al acoso callejero el reconocimiento jurídico de un abuso sexual. En ese sentido, se incorporan las tocaciones, agarrones y "punteos", entre otros.  Además, se podrá denunciar el acoso verbal (comentarios sexuales), gestos, acercamientos, persecuciones y exhibicionismo cuando sean cometidos en lugares públicos o de libre acceso sin el consentimiento de la víctima. 

 

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