Son 78 las indicaciones que se ingresaron al proyecto de ley de identidad de género, iniciativa que permite a personas trans modificar su nombre y sexo para efectos de su documentación. 70 de ellas pertenecen a senadores de Chile Vamos

La iniciativa se encuentra en su primer trámite constitucional desde 2013. Desde entonces que la Comisión de Derechos Humanos del Senado ha abierto 14 periodos de indicaciones, donde los parlamentarios han podido proponer y discutir cambios al articulado del texto. 

El periodo más reciente se abrió inicios de noviembre y se extendió hasta el lunes 21. Es en este contexto que la senadora UDI Jacqueline van Rysselberghe ingresó 28 indicaciones al texto, seguida por el RN Andrés Allamand con 26 y Manuel José Ossandón con 16. Las otras 8 pertenecen a senadores de la Nueva Mayoría: 6 al DC Ignacio Walker y 2 al independiente cercano al Partido Radical, Alejandro Guillier. 

Si bien las enmiendas abordan diversos ámbitos, el grueso de las indicaciones de los senadores de Chile Vamos apunta a impedir la posibilidad de que menores de edad puedan recurrir a este procedimiento. 

Hasta ahora, la redacción del proyecto contempla dos escenarios para las personas trans de menos de 18 años:

1)    Menores de 14 años: el trámite siempre se realizará ante un tribunal de familia, ocasión donde sus padres deberán acompañar la solicitud de una serie de antecedentes, entre ellos un informe de salud mental donde se “descarte la presencia de trastornos de personalidad” que le puedan estar provocando una “convicción errónea” de su identidad de género; un informe psicológico o psicosocial que descarte la influencia determinante de la voluntad del padre, madre, representante legal o cuidador en su identidad de género; y, finalmente, un informe que acredite que el niño o niña y su entorno han recibido acompañamiento u orientación de un especialista por al menos un año. En caso de que estos documentos no existan, el magistrado podrá solicitar que se realicen. Sin embargo no podrá pedir exámenes físicos. 

2)    Mayores de 14 años, pero menores de 18: Se fijan dos opciones. En caso de que alguno de los padres o tutores se oponga al cambio de sexo y nombre, el trámite se regirá bajo las mismas reglas que los menores de 14. En caso de que ambos adultos estén de acuerdo, el texto contempla la posibilidad de que la solicitud se efectúe bajo los mismos parámetros que una persona mayor de 18 años. Esto es, ante un oficial del Registro Civil y sin la necesidad de acompañar su solicitud de ningún informe psicológico o psicosocial.

La inclusión de menores ha sido un tema polémico en la discusión del proyecto. Incluso, a inicios de este mes, la Corte Suprema cuestionó la posibilidad de que menores que cuenten con la autorización de sus padres puedan modificar sus documentos sin exámenes psicológicos. Según el informe, “no habrá forma de controlar que el adolescente no esté padeciendo de un trastorno de personalidad, ni que sean los padres quienes realmente estén imponiendo la decisión”.

Las indicaciones opositoras

Uno de los artículos cuestionados por los senadores de Chile Vamos es el segundo, que regula el derecho de las personas a ser identificadas conforme a su identidad de género y que permite a “toda persona” modificar el sexo y nombre con que aparecen en su partida de nacimiento, documentos de identificación u otros. Allamand, Van Rysselberghe y Ossandón ingresaron enmiendas para que se establezca que esto lo pueda realizar “toda persona mayor de edad”, excluyendo así a los menores. 

Luego, en el artículo tercero, donde se establece que sin perjuicio de la rectificación de documentos las personas podrán acceder a intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales para adecuar su cuerpo a su identidad de género sin la necesidad de autorización judicial, Van Rysselberghe pide acotarlo sólo a mayores de 18.

En el artículo sexto, que consagra el procedimiento para que menores de 14 años puedan modificar su nombre y sexo registral previo requerimiento de sus padres ante un tribunal de familia, los tres senadores de Chile Vamos piden eliminar este artículo y los incisos donde se regula el caso a caso.

Y, como efecto de lo anterior, buscan dejar sin efecto el artículo séptimo, donde se regula el mecanismo para adolescentes (mayores de 14, pero menores de 18), quienes según el texto pueden incluso modificar sus documentos sin la necesidad de exámenes psicológicos, en la medida que cuenten con el respaldo de sus padres o tutores. 

Este proyecto parte por una teoría de género que yo no comparto. Esto parte de la base que cada uno es lo que uno quiere ser y no lo que es
Manuel José Ossandón, senador RN

“No se pueden hacer leyes generales para uno o dos casos. Creo que esto debiera ser para mayores de 18 años. Esto debiera hacerse cuando la persona es madura porque puede haber grandes daños en los retrocesos. Yo por lo menos no estoy dispuesto a votar por una ley que introduzca a los niños. Esto es para mayores de 18. Esto no quiere decir que no se puedan hacer cosas, que hay gente que sufre, que lo pasa mal, que este es un problema que existe y que no se arregla solo con una ley”, señala a T13.cl el senador independiente (Ex RN) Manuel José Ossandón. 

Por otro lado, Ossandón agrega que el proyecto “parte por una teoría de género que yo no comparto. Esto parte de la base que cada uno es lo que uno quiere ser y no lo que es. Yo creo que uno es lo que es no más. Otra cosa es que reconozcamos este problema y que hay personas que se sienten mujer, pero su sexo registral es distinto, y nadie les da trabajo y terminan en la prostitución, pero creo que en el caso de los niños se pueden cometer errores irreparables”.

En respuesta, el senador PS e integrante de la Comisión, Juan Pablo Letelier, dice a este medio que “hay una mala comprensión del fenómeno. Hay personas que nacen en un cuerpo distinto al de su identidad de género. El permitir que haya cambios registrales para las personas mayores de edad es muy bueno, y espero que eso lo logremos. El que ese cambio registral se pueda hacer de una forma administrativa es mejor”. 

Con todo, reconoce que “para los menores de edad hay un debate sobre cuál es el procedimiento, si judicial o administrativo, esa es una discusión. Yo estoy abierto a que eso lo abordemos con el mayor de los criterios posibles”.

Para los menores de edad hay un debate sobre cuál es el procedimiento, si judicial o administrativo, esa es una discusión. Yo estoy abierto a que eso lo abordemos con el mayor de los criterios posibles
Juan Pablo Letelier, senador PS

Por otro lado, el senador hace un duro juicio del rol que ha tenido la senadora UDI Jacqueline van Rysselberghe, quien durante 2015 se desempeñó como presidenta de la Comisión de DD.HH: “Su actitud ha sido de retrasar este proyecto y de obstaculizar este derecho”.

“Sería más honesto establecerlo así, el que ella no cree que la identidad de género sea un derecho. Le respeto su opinión, pero no la comparto”, agrega.

Las enmiendas de los senadores de Chile Vamos generan preocupación en las organizaciones de la diversidad sexual. Para el director ejecutivo de la Fundación Iguales, Emilio Maldonado, con las 70 indicaciones "se van despejando las dudas sobre las maniobras dilatorias de los senadores de derecha".

Por otro lado, cuestiona que "las indicaciones que presentan los senadores de derecha cierran de un portazo la posibilidad que niños o niñas menores de 14 años puedan cambiar su sexo registral. Creemos que este tema debe ser discutido en cuanto a la forma -si es por vía administrativa o judicial- pero no oponerse a la discusión de esto. Los niños o niñas tienen  el derecho al cambio de nombre y de su sexo".

Se van despejando las dudas sobre las maniobras dilatorias de los senadores de derecha
Emilio Maldonado, Fundación Iguales

Tanto desde la Fundación iguales como desde el Movilh emplazaron al gobierno a considerar la iniciativa dentro de las prioridades legislativas de cara a la última etapa de la administración de Bachelet. De hecho, esta última organización envió este jueves una carta a cada uno de los presidentes de los partidos de la Nueva Mayoría exigiendo la incorporación del proyecto. En la misiva les recuerdan que la ley constituye un compromiso programático. 

La misma misiva entregarán esta tarde a la ministra de la Segegob, Paula Narváez, encargada de la tramitación de la ley de identidad de género. 

Piden exámenes psicológicos para mayores de edad

El proyecto actual contempla la posibilidad de que personas trans mayores de 18 años puedan modificar su nombre y sexo con que aparecen en sus documentos de forma expedita, a través de una solicitud ante el registro civil, para la cual no se requerirán exámenes médicos. 

Es así que los senadores de Chile Vamos piden elevar los requisitos. Van Rysselberghe pide acreditar la “disforia de género” mediante un informe médico, además de exigir al menos un año de tratamiento para acomodar las características físicas al sexo reclamado. Allamand y Ossandón piden exámenes psicológicos y psiquiátricos. 

El proyecto señala además que las personas que se encuentran casadas deberán llevar su caso ante los tribunales de familia, por cuanto el cambio de sexo provocará la disolución de la unión matrimonial. Esto pues la actual ley de matrimonio contempla que se trata de una unión entre “un hombre y una mujer”. 

En este contexto, el senador Allamand ingresó diversas indicaciones que apuntan a agregar al procedimiento matrimonial a las personas que cuentan con una Union Civil, iniciativa que permite a parejas de hecho –tanto heterosexuales como homosexuales- regular su convivencia. 

En todo caso, para que las indicaciones de Chile Vamos prosperen requerirán de la aprobación de al menos uno de los otros tres integrantes de la instancia, todos ellos de la Nueva Mayoría: Alejandro Navarro (IND), Juan Pablo Letelier (PS) y Manuel Antonio Matta.

Matices en la Nueva Mayoría

Al igual que los senadores de Chile Vamos, el DC Ignacio Walker ingresó indicaciones para elevar los requisitos a mayores de edad. En concreto, que se realice una evaluación médica que acredite que la persona cuanta con condiciones psicológicas y psiquiátricas que le permitan enfrentar el proceso. 

Por otro lado, propone fijar los 16 años –en lugar de los 14- como la edad donde se distingue el procedimiento de los menores de edad. Es para los niños que solicita que se incorpore una evaluación endocrinológica y genética que descarte la presencia de trastornos del desarrollo sexual.

En el caso de Alejandro Guillier, una de sus apuestas es que la norma entre en vigencia a los 6 meses de su publicación en vez del año contemplado en la norma actualmente en discusión. Por otro lado propone indicaciones a la redacción del artículo que regula las solicitudes por parte de adolescentes –mayores de 14- con el objetivo de que garantizar que puedan realizar el proceso ante el registro civil en la medida que cuenten con la autorización de los padres. De ser así, el proceso se llevará bajo los mismos parámetros que los mayores de 18. En caso de que alguno de sus padres o tutores se niegue, se resolverá en los tribunales de familia, donde se nombrará a un defensor. 

Conceptos claves

 Transgénero

Transgénero es un término global que define a personas cuya identidad de género (el sentido de sí mismo como hombre o mujer), expresión de género o conducta no se ajusta a aquella generalmente asociada a su sexo de nacimiento. 

 Identidad de género

Hace referencia a la experiencia personal de ser hombre, mujer diferente que tiene una persona. La expresión de género se refiere al modo en que una persona comunica su identidad de género a otras a través de conductas, su manera de vestir, peinados, voz o características corporales. 

 Orientación sexual

Hace referencia a la atracción física, romántica y/o emocional permanente de una persona por otra.

Otras categorías de personas trans incluyen personas andróginas, multigénero, desconformes con el género, el tercer género, etc. 

Las definiciiones exactas de estos términos varían de persona a persona y pueden cambiar con el tiempo, pero general incluyen un sentido de combinación y/o alternancia de género.

*Las personas trans pueden ser heterosexuales, lesbianas, homosexuales, bisexuales, asexuales, del mismo modo que pueden serlo quienes no son transgénero.
 

Fuente: Asociación Americana de Psicología


 

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