El próximo viernes 27 de noviembre a las 12:45 horas se desarrollará la audiencia para estudiar un procedimiento abreviado contra Jovino Novoa en el marco de las investigaciones relacionadas con las empresas Penta y SQM.

Inicialmente la instancia tendría lugar el 4 de diciembre, pero a solicitud de las partes involucradas se hará una semana antes.

El lunes pasado el Fiscal Nacional explicó que dadas las atenuantes que se considerarán en el caso de Novoa, "la pena penal que se va a imponer indudablemente no es pena de cárcel".

"La ley impone, obliga que cuando una persona va un procedimiento abreviado los jueces pueden considerar que concurre el atenuante del artículo 11 número 9 del Código Penal, si a eso le sumamos la irreprochable conducta anterior, y le agregamos que se ha consignado una suma importante de dinero que cubre al menos los impuestos que nosotros estimamos que se han defraudado y el SII ha expresado su disposición también tiene tres atenuantes", explicó ese día el jefe del Ministerio Público.

¿Qué implica un juicio abreviado?

El Fiscal Nacional, Sabas Chahuán, quien lidera la investigación del llamado caso Penta, solicitó la audiencia luego que el político formalizado el 6 julio por delitos tributarios de carácter reiterado, revirtiera su decisión de guardar silencio ante las imputaciones y decidiera colaborar con el Ministerio Público prestando su testimonio por más de tres horas.

El procedimiento abreviado obliga al imputado a aceptar los hechos y los antecedentes de la investigación que fundan la acusación, no así la culpabilidad de éstos. Por otro lado, con esto se descarta la posibilidad de llegar a un juicio oral, a cambio de este procedimiento más corto. En cuanto a las sanciones, la fiscalía no puede pedir penas que excedan los cinco años, es decir, no habrá cárcel. 

Revisa la explicación de Constanza Santa María sobre el juicio abreviado.
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