Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Corte Suprema de Justicia, falló a favor para que quienes estén privados de libertad puedan ejercer el voto electoral. La resolución fue determinada tras dos recursos de protección en contra del Servel (Servicio Electoral de Chile) y de Gendarmería.

Con esta resolución, el Tribunal de Justicia determinó que el organismo electoral "está facultado para habilitar instalaciones de votación en los recintos penitenciarios".

El Director del instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Branislav Marelic Rokov, indicó que fue el organismo de Arica y Valparaíso quienes impusieron el reclamo. Estos también indicaron que es Gendarmería quien debe velar porque se respete la condición de ciudadanos que no estén en libertad.

“A Gendarmería le corresponde velar de manera activa por que se respete la condición de ciudadano de cualquier persona privada de libertad bajo su custodia", afirmó.

En la misma línea, el tribunal manifestó que el Servicio Electoral de nuestro país debe adoptar las medidas impuestas y hacer valer el derecho del sufragio a quienes estén habilitados y privados de libertad.

"Las medidas necesarias que posibiliten el derecho a voto de estas personas. Debiendo por su parte Gendarmería de Chile adoptar igualmente todas las medidas administrativas y de coordinación interinstitucional".

Por su parte, el director de INDH indicó que desde que volvió la democracia que se ha dejado fuera de las elecciones a quienes residen en centros penitenciarios a lo largo de todo Chile.

"Desde la vuelta a la democracia al país, las personas privadas de libertad que no cumplen penas aflictivas que según cifras de Gendarmería al año 2012 alcanzaría las 13 mil personas que no han podido ejercer su derecho a sufragio", y agregó "lo que buscamos a través de los recursos de protección presentados es que el Servel y Gendarmería promocionaran y respetaran el ejercicio efectivo del derecho a sufragio".

Marelic afirmó que "celebramos esta medida. Debemos recordar que quienes están en la cárcel sólo han perdido su derecho a la libertad ambulatoria, conservando todos los demás derechos que la Constitución, las leyes y los tratados internacionales protegen".

Finalmente, indicó que en materia de reinserción el derecho a voto puede ser visto como una medida de "rehabilitación e integración social".

Lea también:

 

Publicidad