El Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite y declaró admisibles los tres requerimientos de inconstitucionalidad presentados por parlamentarios de oposición, en el proyecto de Ley de Reconstrucción Nacional, conocida como megarreforma.
Mediante un comunicado, el Pleno del TC integrado por su Presidenta María Pía Silva y sus ministros acordaron, por unanimidad, admitir a tramitación y declarar admisibles los tres requerimientos presentados por grupos de senadores y diputados.
Los parlamentarios apuntaron contra diversas disposiciones contenidas en el proyecto de ley para la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social.
De esta forma, se confirió traslado por cinco días corridos al Presidente José Antonio Kast, además del Senado y la Cámara de Diputados para que se pronuncien en torno a las cuestiones de constitucionalidad planteadas por los requirentes, si así lo estiman.
Posteriormente, el Pleno del Tribunal resolverá sobre el fondo de los requerimientos escuchando los alegatos de las partes en la audiencia programada para el jueves 13 de agosto.
Además, se acordó convocar a audiencia pública para el próximo miércoles 12 de agosto desde las 09:00 horas.
Los tres requerimientos admitidos por el TC
Los senadores solicitaron declarar inconstitucional lo dispuesto en los artículos 29 y 38 del proyecto para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social.
El primero establece que a contar del 1 de enero de 2027 “o de la entrada en vigencia de la presente ley, si ocurriere en una fecha posterior", comenzará a regir el estatuto de invariabilidad tributaria para inversionistas, tanto extranjeros como locales”.
A este requerimiento se suma un segundo que advierte que la megarreforma contempla "diversas normas en materia ambiental, entre ellas los artículos que incorporan un mecanismo de restitución de gastos en favor de los titulares de proyectos de inversión cuyas Resoluciones de Calificación Ambiental sean anuladas por sentencia judicial firme".
En la Cámara, también se impugnó la invariabilidad tributaria por fijar tasas de impuestos para inversionistas de alto patrimonio por períodos de hasta 20 años.
En cuanto a las materias medioambientales, impugnan normas que, según denuncian, otorgan un tratamiento privilegiado a titulares de resoluciones de calificación ambiental, estableciendo un "seguro a todo evento" en su favor.
Asimismo, cuestionan que se restringe a los tribunales de justicia para decretar medidas de protección ambiental durante la tramitación de causas judiciales y se limita la posibilidad de que terceros puedan reclamar frente a proyectos con impacto ambiental, afectando en algunas de estas disposiciones los derechos de los pueblos indígenas.
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